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Articulo publicado en abc.es/vela el 04 06 2016

 

http://www.abc.es/deportes/vela/opinion/abci-experimentos-gaseosa-201606041325_noticia.html

 

 

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JOSÉ LUIS SUEVOS BARRERO - GANANDO BARLOVENTO

 

Experimentos con gaseosa

 

Rompo una lanza a favor de la presidenta Julia Casanueva que ha acabado con la era pombo

 

MADRID- 04/06/2016 a las 13:25:33h. - Act. a las 13:25:33h.Guardado en: Deportes Vela Opinión

 

La verdad es que no conozco ninguna clasificación olímpica en la que no se haya cometido alguna injusticia porque hasta ahora todas han sido decididas por el dedo del presidente de turno, pero esta de Río se está convirtiendo en el hazmerreír de medio mundo.

 

No se aclaran ni ellos y eso que son alumnos aventajados, porque la Comisión Deportiva a la que refiero tienen entre todos más de 100 años de vela y experiencia suficiente como para no haber permitido este ridículo tan espantoso.

 

No quiero nombrar a ningún regatista porque no estaría bien. Además, ellos se han batido el cobre en el agua y solamente reclaman lo que han leído en un papel, bueno, en dos. Si se hacen unas reglas son para cumplirlas, ya que si no se hace así, todo se convierte en el cachondeo que se está convirtiendo esta selección para los Juegos de Río. Tengo que hacer un guiño a la nueva presidenta de la Federación, Julia Casanueva, que se ha encontrado con el «marrón» cuando tomó las riendas de la «casa de la vela» ejerciendo su derecho de moción de censura contra la era Pombo. Ella y su nueva Junta Directiva intenta sacar adelante a pocos meses de los Juegos un equipo con garantías, pero la Comisión Deportiva no les deja porque les pasa la pelota continuamente.

 

El equipo olímpico está dejado de la mano de Dios porque sus responsables lo han permitidoJosé Luis Suevos

 

Habría que decir a los miembros de esa Comisión que asuman sus culpas en lo que se refiere a este tema, ya que además de cobrar para ello, ellos mismos son los que han propiciado aquello de «luz y taquígrafos».

 

No sé sin fulanito es mejor que menganito o al revés, pero es muy lamentable que el tema llegue a los juzgados ordinarios en vez de lavar los trapos sucios en casa.

 

El equipo olímpico está dejado de la mano de Dios porque sus responsables lo han permitido. No es de recibo que la mitad tengan un patrocinador y la otra mitad se tenga que sonar los mocos con kleenex. Hemos clasificado a ocho clases y con la Federación sumida en una gran ruina económica se está haciendo un gran esfuerzo para que nuestro equipo, al menos, pueda desfilar por las calles de Río todos con el mismo uniforme, cosa que por lo visto no ha pasado nunca.

 

El cambio generacional es evidente. Hay regatistas a los que se les ha pasado el arroz y han agotado todas las oportunidades que han tenido. Hay regatistas que han tocado techo en los Juegos que han participado hasta ahora, y es precisamente la Comisión Deportiva, la que tendría que tomar la decisión de dotar a España de vientos frescos y dejarse de experimentos con gaseosa.

Articulo publicado en masmar.com el 03 06 2016

Para vergüenza y oprobio de la RFEV, será el TAS el que decida quienes serán algunos de los deportistas que acudirán a Rio.

Para vergüenza y oprobio de la RFEV, será el TAS el que decida quienes serán algunos de los deportistas que acudirán a Rio.

Afortunadamente para los reclamantes el TAS es INDEPENDIENTE de cualquier organización deportiva, siendo el máximo organismo de arbitraje que dirime disputas en torno al deporte, y sus sentencias tiene la misma fuerza ejecutiva que las sentencias de los tribunales ordinarios

Hace unos días el TAS ha admitido a trámite el recurso de, al menos, Barreiros y Curbelo, estando presentado ante él otro de los Hermanos Alonso, con lo que en estas dos clases será el TAS el que tenga la última palabra en la designación de la tripulación que representará a España en Rio. Lo que ya de hecho es una vergüenza para la RFEV presidida por Casanueva.

Pero lo que es escandaloso es que sea la RFEV la que haya impedido que el TAS tramite con carácter de Urgencia la petición de los deportistas del 470. La prestigiosa publicación jurídico deportiva IUSPORT, en su artículo del día 31 de mayo de 2016 - http://iusport.com/not/17884/casanueva-se-niega-a-que-el-tas-tramite-de-urgencia-el-caso-de-los-regatistas/ - trata de este tema, calificando de indigno que una federación española se oponga formalmente ante el TAS a que el recurso de estos regatistas, o de cualquier otro, se sustancie por el procedimiento de urgencia, cuando sabe que es la única forma de que su laudo llegue a tiempo de poder ejecutarse antes de los Juegos de Rio.

Habría que preguntarse qué opina la Federación Canaria sobre este disparate de la RFEV, ya que el Presiden te de la Canaria forma parte de la Junta Directiva de Casanueva que se opone a se aplique en el TAS el procediendo de Urgencia solicitado por los regatistas canarios.

Como dice IUSPOR, esta actitud de la RFEV presidida por Casanueva desprestigia absolutamente a la federación, en un litigio que tiene todos los visos de perder.

IUSPORT ya trato de este asunto en varias ocasiones, en los que indicaba la posible PREVARICACIÓN de la RFEV si consumaba la exclusión de los regatistas Barreiros y Curbelo del equipo que acudirá a Rio, publicando el recurso integro de los regatistas en su artículo del 22 de abril de 2016 - http://iusport.com/not/16316/el-recurso-de-barreiros-y-curbelo-desvela-la-prevaricacion-de-la-federacion-espanola-de-vela/ -

Con esta insólita, absurda y disparatada decisión de Casanueva y su Junta Directica, de la que forma parte el Presidente de la Federación Canaria, se pone en riesgo de desaparición a la RFEV en el caso de que el TAS falle a favor de Barreiros y Curbelo después de que su inscripción para Rio sea imposible.

La reclamación de daños y perjuicios, tanto económicos, que serán millonarios en euros, como morales, que lo serán aun mas, serán imposibles de asumir por una Federación que está en quiebra, aunque el Vicepresidente económico, a pesar de declarar que su compromiso es que el balance de situación refleje fielmente la situación patrimonial aunque esto cree una serie de dificultades (¿indicará la situación de la Fundación Vela Española con relación a la RFEV?).

En fin, esta es la Presidenta que se iba a ocupar de los Olímpicos. De momento tiene a varias clases, con recursos ante el más alto organismo internacional el TAS (LO QUE JAMÁS HABÍA PASADO DESDE QUE LA RFEV EXISTE), y ella para ayudar, lo que hace es impedir la tramitación Urgente. ¡Eso sí que es tener TALANTE! , pero en el pecado tendrá la penitencia cuanto el TAS resuelva, que ojala sea cuando aun haya posibilidad de evitar gravísimas consecuencias a los deportistas.

Si los estatutos contemplasen que responsabilidad pecuniaria derivada de las acciones de la Presidenta y su Junta recayesen sobre ellos a responder con su patrimonio, mucho se cuidarían de tomar decisiones como la que han tomado, al impedir la tramitación urgente en el TAS.

J.F.M.J.O

Articulo publicado en masmar.com el 02 06 2016

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/El-martes-pr%C3%B3ximo-Rafael-Munilla,-Presidente-de-la-Vasca,-se-enfrentar%C3%A1-a-una-Moci%C3%B3n-de-Censura

 

El martes próximo Rafael Munilla, Presidente de la Vasca, se enfrentará a una Moción de Censura.

 

02 junio 2016 11:02:10

 

La moción de censura esta presentada por más del 5% de los asambleístas de la Federación Vasca de vela.

 

En un principio la petición de la Moción se hizo a través de la propia Federación, la que no la convocó, por lo que los solicitantes, acogiéndose a los estatutos de la Federación Vasca de Vela, la han convocado directamente al tener el quórum necesario para ello, fijando la fecha de la misma para el próximo día 7 de junio, con lo que el martes Rafael Munilla se enfrentará a una Moción de Censura, siendo la primera vez que esto sucede en la Federación Vasca y la segunda que sucede en la Vela Española, en donde el octubre de 2015 se presentó una moción contra el entonces presidente José Ángel Rodríguez con la que fue apartado del cargo.

 

Rafael Munilla, Presidente de la FVV fue Director del Mundial del 2014 en sustitución del Gerardo Pombo el que se había hecho un autocontrato blindado para dirigirle, siendo el testimonio de Munilla fundamental para la nulidad de aquel autocontrato de Pombo, encontrándose por ello inmerso en estos momentos en una demanda judicial por sus declaraciones en aquella causa, la que de momento esta parada a expensas de lo que se determine en la querella que se sigue en Santander contra Pombo y Labat en la que Munilla ere testigo. Del cargo de Director del Mundial fue cesado poco antes de la celebración del mismo por presiones de miembros del Comité Organizador, tenido que ser indemnizado por ello por la RFEV.

 

J.F.M.J.O.

articulo publicado en masmar.com el 01 06 2016.

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/LOS-INCUMPLIMIENTOS-DE-LA-LEY-DE-TRANSPARENCIA-POR-LA-RFEV

LOS INCUMPLIMIENTOS DE LA LEY DE TRANSPARENCIA POR LA RFEV.

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La Ley de transparencia entró en vigor al año de su publicación en el BOE, es decir el día 10 de diciembre de 2014. Desde entonces lo que se expone en la página de la RFEV es un sucedáneo de la misma

Con esta Ley se pretendía, lo que en el caso de la RFEV no se ha conseguido, que el acceso a la información pública y las normas del Buen Gobierno, para con ello incrementar y reforzar la transparencia, incrementando la OBLIGATORIEDAD DE LA PUBLICIDAD ACTIVA , con lo que los organismos a los que afecta, entre ellos a la RFEV, están obligados a reforzar la transparencia de su actividad, lo que en el caso de la federación presidida por Casanueva no es de lo que se puede vanagloriar, pues al igual que cuando presidia la Cántabra, de lo que esta carecía era sobre todo de TRANSPARENCIA, de la que por cierto la Cántabra sigue careciendo

Los incumplimientos que la RFEV realiza con relación a lo que obliga la citada Ley, que por otra parte, les comunicó fehacientemente el CSD a todas la FFEE cuando esta iba a entrar en vigor, son múltiples y variados, como a continuación se detallan.

El Consejo Superior de Deportes explicó la Ley de transparencia a las federaciones deportivas españolasen una reunión mantenida con las mismas el 19 de noviembre de 2014. La noticia de esta reunión se recoge en la página web del CSD con el siguiente enlace: http://www.csd.gob.es/csd/documentacion/01GabPr/Novedades/el-csd-explica-la-ley-transparencia-a-federaciones-ligas-comites-y-sindicatos/view

En esta página, figura el documento elaborado por el CSD y entregado a las FFEE. Documento que consta de 14 hojas, en las que se determina con detalle lo que debe aparecer en las páginas electrónicas de las Federaciones Deportivas Españolas.

Pasemos ahora a enumerar las múltiples violaciones por la RFEV del la Ley de Transparencia:

PRIMERA.- Como puede verse cuando se entra en la página de la transparencia de la RFEV a fecha de 21 de abril de 2015, (lo que poco tiene que ver con lo publicado en la misma cuando el 21 de enero de 2016 se presentó el escrito ante el Comité de Disciplina Deportiva de la RFEV):

http://www.rfev.es/default/content/index/id/asamblea-general

En el primer enlace de la misma, http://www.rfev.es/content/estructura-organizativa se encuentran los siguientes documentos:

 

  • Organigrama RFEV” (en este apartado el CSD determina que se incluya el Perfil y trayectoria profesional (C.V.) de los integrantes de sus órganos) como esto no aparece indicado en este punto, con ello se vulnera la Ley de Transparencia en lo indicado por el propio CSD.
  • “Decreto Federaciones BOE” (este contiene el RD 1385/1991).

 

SEGUNDA.- En el enlace de Contratos, http://www.rfev.es/content/contratos , no aparece documento alguno, cuando la RFEV ha realizado para el mundial de la ISAF del 2014 gran cantidad de ellos, así como debe tener muchos vigentes en estos momentos, como puede ser el alquiler de parte de su piso en Luis de Salazar nº9 y el que está alquilado para la Presidenta, así como del local que tiene como almacén en una calle de Madrid.

Indicar que en el enlace de CONTRATOS de la Ley de transparencia de la RFEV falta de publicar en la página de la RFEV los contratos realizados por la RFEV para el alquiler de las instalaciones del CEAR de Vela de Santander para banquetes con el Banco de Santander y la asociación de corredores de fincas durante el año 2015 lo que fue denunciado ante el Ayuntamiento de Santander por carecer el CEAR de permiso para hacerles en su nave.

En este punto se incumple completamente con lo indicado por el CSD en su documento a las FFEE.

TEERCERA.- en el enlace de convenios, http://www.rfev.es/content/convenios , en el puede verse una somera indicación de tres convenios: con el Gobierno de Cantabria, con la Autoridad Portuaria de Cantabria y con el Ayuntamiento de Santander.

En este enlace faltaría incluir varios convenios, como pueden ser entre otros:

 

  • el convenio con el CSD sobre el CEAR de vela de Santander.
  • el convenio con el RCMS para el uso de la Duna del CEAR de Vela,
  • el convenio con el RCRS para el uso de la Duna de Zaera.
  • el convenio con la Federación Cántabra de Vela para el uso de sus oficinas en el CEAR,
  • el convenio con la Universidad de Cantabria para la escuela de Vela
  • El convenio con el Ayuntamiento de Santander para el funcionamiento de la Escuela de Vela,
  • el convenio o contrato con la productora PANORAMA
  • Convenio entre el CEAR de Vela de Santander y la RFEV para el desarrollo del programa deportivo de la RFEV según resolución 10/01/2014 (BOE 23/01/2014) del CSD.

 

Nuevamente en este enlace se incumple con el documento del CSD al faltar en lo publicado lo siguiente: la duración del convenio, las modificaciones si las hubiese, subcontrataciones (adjudicatarios, procedimientos seguidos e importe de las mismas) y por otra parte por la faltan de los convenios indicados.

CUARTA.- En el enlace de “Subvenciones y ayudas Públicas” -http://www.rfev.es/content/subvenciones-ayudas -, figuran cuatro documentos, sin embargo no figuran todas las subvenciones que recibe la RFEV, de los organismos públicos, ya que el mayor ingreso que tiene la RFEV provienen de estos, fundamentalmente del CSD, con lo que también se incumple en este apartado con lo ordenado por el CSD.

LA RFEV HA modificado este enlace el día 22 de ABRIL, mucho después de recibir el documento que transcribe y de la denuncia presentada por el incumplimiento de la Ley de Transparencia

No figuran la memorias que deben de acompañar a las solicitudes de subvención CSD para el CEAR de Vela de Santander de los años 2015 y 2016 en la que debe estar los correspondientes presupuestos ajustados con los apartados correspondientes a: Gastos de gestión y Gastos de inversión, según lo estipulado en Ley 38/2003, el RD 887/2006 y la Orden ECD/2681/2012.

QUINTA.- en el enlace de presupuestos, http://www.rfev.es/content/presupuestos , figuran 4 documentos, pero ha estado sin publicarse hasta hace pocas fechas.

En este enlace no figura el estado de ejecución trimestral que obliga el CSD, por lo que también en esta publicación se vulnera la ley de Transparencia.

SEXTA.- en el enlace de cuentas anuales e informe de auditoría, http://www.rfev.es/content/cuentas-anuales-e-informes-auditoria , en estos momentos figuran 20 documentos, pero lo que no figuran son las cuentas del 2015, las que no se han aprobado en la Asamblea General Ordinaria del 20 de Marzo de 2016, como tampoco figura el informe de la auditoria de las mismas.

En cuanto a las cuentas del Mundial de Vela del 2014, estas no han sido nunca aprobadas por una Asamblea de la RFEV

Tampoco aparece en este enlace el informe de auditoría y fiscalización de carácter complementario. Con lo que también en esta publicación se vulnera lo ordenado por el CSD sobre la Ley de Transparencia.

SEPTIMA.- en el enlace de la retribución a los altos cargos, http://www.rfev.es/content/retribuciones-altos-cargos , en la misma aparecen cuatro documentos, todos ellos publicados el día 07 04 2016 y refiriéndose únicamente al sueldo en metálico del Presidente. Para nada indica lo que este cobra en especies como puede ser dietas y casa en que vive en Madrid. Tampoco se publica nada sobre lo que cobran los máximos responsables de la RFEV como son el Secretario General, el Gerente, el Tesorero, el Director Técnico, y miembros que perciban retribuciones.

Tampoco figuran para nada en este enlace las indemnizaciones percibidas con ocasión del cese en el cargo, y este año ha habido dos fuertes indemnizaciones, una a Alejandro Abascal y otra a Rafael Munilla, el director del CEAR de Santander y el otro Director del Mundial de la ISAF 2014

Nuevamente en este apartado se incumple con la Ley de Transparencia, ya que el CSD obliga a indicar las retribuciones anules en metálico y en especies, no solo del Presidente, sino de todos los altos cargos y máximos responsables de la entidad (Presidente, Secretario General, etc…) lo que no se hace por parte de la publicación de la RFEV

OCTAVA.- en el enlace de memorias deportivas, http://www.rfev.es/content/memoria-anual-deportiva , este contiene tres docuentos, publicados este año depues de mi denuncia al Comité de Disciplina, en ellos solo se publica la Memoria del año 2015, faltando por tanto las del 2014

NOVENA.- en el enlace de convocatorias, http://www.rfev.es/content/convocatorias-RFEV , aparecen 17 docuemntos.

DECIMA.- en el enlace de normativas aplicables, http://www.rfev.es/content/normativas-aplicables , aparecen cuatro docuementos: e l Codigo de Buen Gobierno. El Certificado Protocolo Prevencion abuso y acoso 2014. El Protocolo Prevencion abuso y acoso RFEV 2014 y el Protocolo seguridad Prevencion y Control.

No aparen en esta publicacion de la RFEV

 

  • la Ley 10/1990, de 15 de octubre del deporte,
  • el Real Decreto 1835/1995, de 20 e diciembre, de Federaciones Deportivas españolas,
  • la Orden ECI/3567/2007, de 4 de diciembre, por la que se regulan los procesos electorales de las federaciones Deportivas españolas, a lo que obliga el CSD.
  • Normativa de Régimen Interno del CEAR de Vela de Santander sobre el desarrollo de actividades y normas y procedimientos de uso, cesión y arrendamiento de material e instalaciones del CEAR.
  • Por tanto, este apartado de la web también se incumple por parte de la RFEV la Ley de Transparencia.

 

DECIMA PRIMERA.- en el enlace de actas Asamblea General, http://www.rfev.es/content/actas-asamblea-general , aparecen 23 documentos, sin embargo no aparencen las actas de las Asamblea General extraordinaria del 2014 y de la Asamblea General extraordianria del 6 de octubre del 2015.

Resulta muy llamativo la desaparicion de los enlaces de de las actas de la Junta Directivva y de la Comision Delegada, correspondientes a los años 2013, 2014 y hasta junio de 2015 las cuales han sido borradas de la pagina de la Ley de Transparencioa durante el pasado mes de febrero de 2016.

DECIMA SEGUNDA.- en base a todo lo documentalmete expuesto en este escrito de alegaciones a la resolución 3/2015-16 del Comité de Disciplina del la RFEV, la Federacion incumple la Ley de Trasparencia, ya que la normativa del CSD esta perfectamente tasada con respecto a esta Ley.

Con este incumplimiento de la Ley de Transparencia se vulnera el Codigo de Buenb Gobierno por parte de los responsables de la RFEV, lo que esta contemplado en el regalemnto disciplianrio de la RFEV como una falta muy grave de acuerdo con su articulo 13,a

Sra. Casanueva, una cosa es predicar y otra dar trigo. Poco concuerdan sus promesas de trasnparencia con las realidad de la misma, lo que seria sencillo de cumplir con la Ley vigente.

J.F.M.J.O.

Artciculo publicado en iusport.com el 31 05 2016.

 

 

 

http://iusport.com/not/17855/el-tas-admite-a-tramite-el-recurso-de-los-regatistas-barreiros-y-curbelo/

 

 

EFE/Iusport

 

31 de mayo de 2016

 

El TAS admite a trámite el recurso de los regatistas Barreiros y Curbelo

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El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha admitido a trámite el recurso interpuesto por los regatistas canarios Onán Barreiros y Juan Curbelo contra su exclusión de los Juegos Olímpicos de Río por parte de la Real Federación Española de Vela (RFEV), según ha informado el equipo de los deportistas en un comunicado.

 

Los regatistas habían solicitado al TAS que su recurso se tramitase con carácter de urgencia pero se han encontrado con la oposición de la RFEV.

 

Esto "dilata la decisión", puntualizan, porque una petición de tramitación por la vía de urgencia ante el TAS solo puede admitirse si las dos partes están de acuerdo.

 

 

Asimismo, los regatistas han pedido al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) que la Real Federación Española de Vela (RFEV) no pueda inscribir a ninguna tripulación de 470 para los Juegos de Río hasta que se falle su recurso.

 

El TAS aún no se ha pronunciado sobre la cautelar.

 

 

Sus argumentos

 

 

Barreiros y Curbelo defienden su derecho a participar en los JJOO, ya que forman la única tripulación de la clase 470 que cumple los requisitos mínimos exigidos por la Guía de selección olímpica de la propia RFEV.

 

 

Sin embargo, la imparcialidad que se le debe suponer a la Junta Directiva de la Federación Española de Vela, presidida por Julia Casanueva -que accedió al cargo tras una moción de censura a su predecesor-, está de nuevo en entredicho ya que acaba de oponerse a que la reclamación realizada ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo, TAS, por los regatistas grancanarios, al igual que en el caso de los hermanos Alonso, los asturianos que litigan por la plaza de la clase 49ers, sea tratada por vía de urgencia.

 

 

Para que este tribunal estudie una reclamación por vía de urgencia deben estar de acuerdo las dos partes enfrentadas y al rechazarlo la Federación no se sabe cuándo será el fallo del TAS. La cosa no tendría mayor importancia si no fuera porque está en juego, en ambos casos, una plaza para Río de Janeiro y la Federación Española de Vela tiene que dar a la organización de los Juegos Olímpicos los nombres de todos sus deportistas a mediados del mes que viene y es posible que para entonces no se sepa su decisión.

 

 

Barrerios y Curbelo se han visto obligados a acudir al TAS, ante la negativa de la Federación a tramitar su reclamación, como única instancia que puede resolver a tiempo, al contrario que la justicia ordinaria.

 

 

Los Juegos Olímpicos 2016 comienzan el 8 de agosto, por lo que los plazos son ya ajustados.

 

 

Por este motivo, los regatistas grancanarios -en la actualidad quintos del ranking mundial-, solicitaron al TAS que su reclamación se tramitara con carácter de urgencia. La RFEV se opuso ante el mismo organismo, con lo que dilata la decisión.

 

 

Onán Barrerios y Juan Curbelo forman la única tripulación de la clase 470 española que cumple con los requisitos mínimos para la selección olímpica establecidos por la RFEV. Esto es, quedar entre los diez primeros países en las dos regatas de selección.

 

 

La tripulación canaria cumple con este resultado mínimo en las dos regatas de selección que para la clase 470 fueron el Mundial de Argentina y el Europeo de Mallorca. La RFEV ha designado a la pareja catalana Xammar-Herp como representantes en Río, pese a que no cumplieron el criterio mínimo en el Mundial de Argentina.

 

 

Tras la negativa de la RFEV a tramitar la reclamación de los canarios, estos optaron por acudir por su cuenta a la Copa del Mundo de Hyères (Francia), prevista como regata de desempate por la Guía.

 

 

Pese a acudir sin apoyo de ningún tipo y a verse obligados a pagar el viaje con una campaña de micromecenazgo por Internet, Barreiros y Curbelo fueron la única tripulación española que logró entrar en la ´medal race´. Carecieron hasta de apoyo de un entrenador en el agua, pero al final acabaron 7º de la clasificación y primeros españoles.

 

 

El TAS es el máximo organismo de arbitraje que dirime disputas en torno al deporte. Es independiente de cualquier organización deportiva y fue creado por el entonces presidente del Comité Olímpico Internacional, Juan Antonio Samaranch, para dirimir disputas durante los Juegos Olímpicos en 1984. Sus sentencias tienen la misma fuerza ejecutiva que las sentencias de los tribunales ordinarios

 

 

Enlaces automáticos por temática

 

Articulo publicado en abc.es el 31 05 2016

 

 

http://www.abc.es/deportes/vela/equipo-olimpico/abci-admite-demanda-barreiros-y-curbelo-contra-exclusion-juegos-olimpicos-201605312012_noticia.html

 

 

El TAS admite la demanda de Barreiros y Curbelo contra su exclusión de los Juegos Olímpicos

 

El equipo canario lo ha hecho saber en un comunicado

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BARREIROS/CURBELO SAILING TEAMLas Palmas (Gran Canaria) - 31/05/2016 a las 20:12:13h. - Act. a las 20:12:19h.Guardado en: Deportes Vela Equipo olímpico

 

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha admitido a trámite la reclamación de los regatistas canarios Onán Barreiros y Juan Curbelo contra su exclusión de los Juegos Olímpicos de Río por parte de la Real Federación Española de Vela (RFEV)

 

Barreiros y Curbelo defienden su derecho a participar en los JJOO, ya que forman la única tripulación de la clase 470 que cumple los requisitos mínimos exigidos por la Guía de selección olímpica de la propia RFEV.

 

Barrerios y Curbelo se han visto obligados a acudir al TAS, ante la negativa de la Federación a tramitar su reclamación, como única instancia que puede resolver a tiempo, al contrario que la justicia ordinaria.

 

Los Juegos Olímpicos 2016 comienzan el 8 de agosto, por lo que los plazos son ya ajustados.

 

Por este motivo, los regatistas, -en la actualidad quintos del ranking mundial-, solicitaron al TAS que su reclamación se tramitara con carácter de urgencia. La RFEV se opuso ante el mismo organismo, con lo que dilata la decisión. Una petición de tramitación por la vía de urgencia ante el TAS solo puede admitirse si las dos partes están de acuerdo.

 

Barrerios y Curbelo forman la única tripulación de la clase 470 española que cumple con los requisitos mínimos para la selección olímpica establecidos por la RFEV. Esto es, quedar entre los diez primeros países en las dos regatas de selección.

 

La tripulación canaria cumple con este resultado mínimo en las dos regatas de selección que para la clase 470 fueron el Mundial de Argentina y el Europeo de Mallorca. La RFEV ha designado a la pareja catalana Xammar-Herp como representantes en Río, pese a que no cumplieron el criterio mínimo en el Mundial de Argentina.

 

Tras la negativa de la RFEV a tramitar la reclamación de los canarios, estos optaron por acudir por su cuenta a la Copa del Mundo de Hyeres (Francia), prevista como regata de desempate por la Guía.

 

Pese a acudir sin apoyo de ningún tipo y a verse obligados a pagar el viaje con una campaña de micromecenazgo por Internet, Barreiros y Curbelo fueron la única tripulación española que logró entrar en la ‘medal race’. Carecieron hasta de apoyo de un entrenador en el agua, pero al final acabaron 7º de la clasificación y primeros españoles.

 

El TAS es el máximo organismo de arbitraje que dirime disputas en torno al deporte. Es independiente de cualquier organización deportiva y fue creado por el presidente del Comité Olímpico Internacional Juan Antonio Samaranch para dirimir disputas durante los Juegos Olímpicos en 1984. Sus sentencias tienen la misma fuerza ejecutiva que las sentencias de los tribunales ordinarios.

Articulo publicado en masmar.com el 31 05 2016

 

http://www.masmar.net/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/El-TAS-admite-la-demanda-de-Barreiros-y-Curbelo-contra-su-exclusi%C3%B3n-de-los-Juegos-Ol%C3%ADmpicos

 

 

El TAS admite la demanda de Barreiros y Curbelo contra su exclusión de los Juegos Olímpicos

 

31 mayo 2016 12:21:56

 

El Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha admitido a trámite la reclamación de los regatistas canarios Onán Barreiros y Juan Curbelo contra su exclusión de los Juegos Olímpicos de Río por parte de la Real Federación Española de Vela (RFEV)

 

Barreiros y Curbelo defienden su derecho a participar en los JJOO, ya que forman la única tripulación de la clase 470 que cumple los requisitos mínimos exigidos por la Guía de selección olímpica de la propia RFEV.

 

Barrerios y Curbelo se han visto obligados a acudir al TAS, ante la negativa de la Federación a tramitar su reclamación, como única instancia que puede resolver a tiempo, al contrario que la justicia ordinaria.

 

Los Juegos Olímpicos 2016 comienzan el 8 de agosto, por lo que los plazos son ya ajustados.

 

Por este motivo, los regatistas, -en la actualidad quintos del ranking mundial-, solicitaron al TAS que su reclamación se tramitara con carácter de urgencia. La RFEV se opuso ante el mismo organismo, con lo que dilata la decisión. Una petición de tramitación por la vía de urgencia ante el TAS solo puede admitirse si las dos partes están de acuerdo.

 

Barrerios y Curbelo forman la única tripulación de la clase 470 española que cumple con los requisitos mínimos para la selección olímpica establecidos por la RFEV. Esto es, quedar entre los diez primeros países en las dos regatas de selección.

 

La tripulación canaria cumple con este resultado mínimo en las dos regatas de selección que para la clase 470 fueron el Mundial de Argentina y el Europeo de Mallorca. La RFEV ha designado a la pareja catalana Xammar-Herp como representantes en Río, pese a que no cumplieron el criterio mínimo en el Mundial de Argentina.

 

Tras la negativa de la RFEV a tramitar la reclamación de los canarios, estos optaron por acudir por su cuenta a la Copa del Mundo de Hyeres (Francia), prevista como regata de desempate por la Guía.

 

Pese a acudir sin apoyo de ningún tipo y a verse obligados a pagar el viaje con una campaña de micromecenazgo por Internet, Barreiros y Curbelo fueron la única tripulación española que logró entrar en la ‘medal race’. Carecieron hasta de apoyo de un entrenador en el agua, pero al final acabaron 7º de la clasificación y primeros españoles.

 

El TAS es el máximo organismo de arbitraje que dirime disputas en torno al deporte. Es independiente de cualquier organización deportiva y fue creado por el presidente del Comité Olímpico Internacional Juan Antonio Samaranch para dirimir disputas durante los Juegos Olímpicos en 1984. Sus sentencias tienen la misma fuerza ejecutiva que las sentencias de los tribunales ordinarios.

 

Documentación:

 

El caso de los hermanos Alonso. LA RFEV también se opone a la urgencia de su reclamación ante el TAS por su exclusión de Río.

 

http://www.lne.es/deportes/2016/05/31/imparcialidad-entredicho/1935006.html

Articulo publicado en iusport,com el 19 05 2016

http://iusport.com/not/17360/la-federacion-asturiana-de-vela-ve-comportamiento-racista-en-la-directiva-nacional/

 

 

EFE//Iusport

 

19 de mayo de 2016

 

La Federación Asturiana de Vela acusa de "comportamiento racista" a la directiva nacional

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El presidente de la Federación Asturiana de Vela, Pascual Cabaño, ha acusado hoy a la junta directiva de la Federación Española de "comportamiento racista", y ha anunciado una posible demanda por prevaricación por la decisión de ésta de no reconocer a los hermanos Federico y Arturo Alonso como representantes españoles para los JJOO de Río en la clase 49er.

Cabaño ha comparecido junto al director general de Deportes del Principado, José Ramón Tuero; el concejal de Deportes del Ayuntamiento de Gijón, Jesús Martínez, y el presidente del Club Astur de Regatas, Alfredo Alegría, al que pertenecen los hermanos Alonso para mostrarles su total apoyo y denunciar la medida tomada por la junta directiva de la Federación Española.

Los hermanos Alonso lograron la plaza olímpica según los criterios establecidos por la Federación Española de Vela, pero una posterior reclamación de Diego Botín y Iago López fue atendida por la directiva sin tener en cuenta la opinión del Comité de Clases Olímpicas de la entidad que mantenía la plaza para la pareja asturiana.

Pascual Cabaño y los demás representantes del deporte local y regional asturiano han coincidido en señalar que Botín y López "sólo presentaron la reclamación cuando vieron que no pudieron lograr la clasificación" y les afean que "si no estaban de acuerdo con el sistema de elección lo que tenían que haber hecho es reclamar antes de la celebración de las pruebas de selección".

La Federación Española de Vela señaló una nueva regata selectiva que se celebrará la próxima semana en Holanda para establecer cuál de estas dos embarcaciones representará a España en los Juegos Olímpicos en esta clase.

Los hermanos Alonso con el apoyo de las autoridades regionales deportivas han presentado una reclamación ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo en Suiza mientras preparan la regata de la próxima semana.

Cabaño ha recordado que "ya es la segunda vez que la Federación Española se la juega" a los hermanos Alonso, después de que ambos lograran la clasificación para Londres en 2012, donde al final compitieron Iker Martínez y Xabi Fernández, a pesar de que no habían navegado en 49er durante todo el ciclo olímpico, "pero primaron más los intereses económicos que los deportivos".

El presidente de la territorial asturiana ha recalcado que hubo "reclamaciones similares en otras clases" y que "en todas se rechazaron por lo que aún llama más la atención la decisión de la directiva, que no de la Federación".

Ha señalado directamente a la presidenta, Julia Casanueva, como responsable de la decisión.

Los presentes en este acto de apoyo que tuvo lugar hoy están convencidos de que detrás de la decisión de la directiva de la Federación Española existen "intereses económicos".

ACTA DE LA REUNIÓN DEL COMITÉ DE CLASES OLÍMPICAS DE FECHA 11 DE ABRIL DE 2016

asr REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE VELA Comité de Clases Olímpicas ACTA Nº 03/2016 A las 16:30 horas del día 11 de abril de 2016 se reúne mediante videoconferencia SKYPE EL COMITÉ DE CLASES OLÍMPICAS DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE VELA con la participación de los miembros que al margen se expresan con el siguiente Orden del Día: 1. Selección de la tripulación representante de España en los JJ.OO. 2016 clase 470 Masculino. 2. Selección de la tripulación representante de España en los JJ.OO. 2016 clase 470 Femenino. PRESIDENTE: D. Joaquín González Devesa, Vicepresidente de la RFEV MIEMBROS: D.. Rodrigo Alonso Campos, Director Técnico de la RFEV D. Alfred Buqueras Sanchez, Director de Clases Paralímpicas D. Manuel Pazos Diaz D. Antonio Ripoll Alberti, Director de Preparación Olímpica ACTUA COMO SECRETARIO: D.. Antonio Ripoll Albertí. 1. SELECCIÓN DE LA TRIPULACIÓN RE PRESENTANTE DE ESPAÑA EN LOS JJ.OO. 2016 CLASE 470 MASCULINO 1. El Director de Preparación Olímpica (DPO) expone, los resultados del proceso selectico seguido para determinar la tripulación representante de España en los JJ.OO. 2016 en la Clase 470 Masculino, aún a falta de la Medal Race del Cto. De Europa (en la que sólo participará ESP-44 y por tanto cabe solo aumentar su propia puntuación en este evento). Las dos primeras tripulaciones han resultado ser: - ESP 9, Onán Barreiros Rodríguez y Juan Curbelo Cabrero, Real Club Náutico de Gran Canaria; y - ESP 44, Jordi Xammar Hernández y Joan Herp Morell, Club Náutico Garraf. 2. Indica el DPO que se han completado las dos regatas selectivas previstas en el punto 1.1 del Anexo 1 de la “Guía Deportiva Clases Olímpicas – Preparación y Selección Equipo Español XXXI Juegos Olímpicos Río de Janeiro 2016”, y la puntuación resultante tras aplicar el sistema establecido en el punto 1.3 del Anexo 1 de la Guía es la siguiente: Cto. Del Mundo, Feb. 2016 CN San Isidro, Argentina Cto. De Europa, Abril 2016 Club Nàutic Arenal, España Total ESP 9 10º clasificado (10º país) 71 puntos obtenidos 13º clasificado (10º país) 115 puntos obtenidos 186 pts. Acta del Comité de Clases olímpicas xx/2016 de 11 de abril de 2016 Página 2 de 5 ESP 44 13º clasificado (12º país) 63 puntos obtenidos 10º clasificado (10º país) 124 puntos obtenidos 187 pts. 3. Respecto del cumplimiento de los mínimos de calidad establecidos en el punto 2 del Anexo 1 de la Guía (finalizar dentro de los diez primeros países según la clasificación general) una vez publicada la clasificación general final del Campeonato de Europa, se verifica que ESP 9 cumple la regla en ambas regatas, mientras que ESP 44 cumple en dicho Campeonato de Europa, pero no así en el Campeonato del Mundo. 4. Siguiendo lo establecido en el último párrafo del punto 2.2 del Anexo I de la G.D., el Presidente del Comité de CC.OO. convoca al Comité de Clases Olímpicas de la RFEV actuando de acuerdo al punto 3 de esta G.D. para decidir si dar la elegibilidad necesaria a la tripulación ESP-44 y por tanto dar validez a la selección. 5. El DPO entiende que la calidad demostrada por ambas tripulaciones tanto en las regatas de selección como en su reciente historial deportivo cumple sobradamente con la finalidad de la exigencia de cumplimiento del criterio de calidad previsto en la GD; por lo que, tras consulta mantenida con el entrenador nacional de la clase, D. Jorge Angulo Batista, quien se ha manifestado conforme a este particular criterio. 6. El DPO informó al CCOO, que había reunido a las dos tripulaciones ESP 9 y ESP 44 y les había informado que dada su trayectoria a lo largo de los últimos dos años, las dos tripulaciones cumplían con el criterio de calidad exigido por lo que propone al CCOO que conceda a la tripulación ESP-44 formada por Jordi Xammar Hernández y Joan Herp Morell la elegibilidad exigida al amparo de la posibilidad que le otorga el último párrafo del punto 2.2 del Anexo 1 de la Guía. 7. Finalmente, el DPO propone que si el Comité acepta su propuesta relativa a la elegibilidad de la tripulación Xammar-Herp, y en aplicación del punto 2.2 del Anexo 1 de la Guía 1, se acuerde designar a esta tripulación como la seleccionada para representar a España en los JJ.OO. 2016 en la clase 470 Masculino, al haber obtenido una puntuación superior a la conseguida por sus rivales. Decisión: 8. Tras deliberar la propuesta, el Comité de Clases Olímpicas acuerda por mayoría lo siguiente: 1º.- Conceder a la tripulación formada por Jordi Xammar Hernández y Joan Herp Morell la elegibilidad exigida en el punto 2.2 del Anexo 1 de la Guía. 2º.- Declarar a la tripulación formada por Jordi Xammar Hernández y Joan Herp Morell seleccionada para representar a España en los JJ.OO. 2016 en la clase 470 Masculino. Acta del Comité de Clases olímpicas xx/2016 de 11 de abril de 2016 Página 3 de 5 3º.- Comunicar el presente acuerdo al Comité Olímpico Español a los efectos procedentes. SE hace contar que D. Manuel Pazos debido a la igualdad entre las tripulaciones (punto1) se debería de utilizar la regata de reserva para tener un mejor criterio de selección, lo cual no fue considerado por el resto del CCOO. 2. SELECCIÓN DE LA TRIPULACIÓN RE PRESENTANTE DE ESPAÑA EN LOS JJ.OO. 2016 CLASE 470 FEMENINO 9. El Director de Preparación Olímpica (DPO) expone los resultados del proceso selectico seguido para determinar la tripulación representante de España en los JJ.OO. 2016 en la Clase 470 Femenino, entre las tres tripulaciones que han conseguido competir en el grupo oro del Cto. De Europa, segunda regata de selección olímpica: - ESP 14,; Barbara Cornuella y Sara Lopez del Club Nautico del Garraf - ESP 33, Marina Gasllego y Fatima Reyes del C.N. Rapita/ S´Arenal - ESP 18 Silvia Mas y Paula Barcelo del C.N. S´Arenal. 10. Indica el DPO que también para esta modalidad se han completado las dos regatas selectivas previstas en el punto 1.1 del Anexo 1 de la “Guía Deportiva Clases Olímpicas – Preparación y Selección Equipo Español XXXI Juegos Olímpicos Río de Janeiro 2016”, y la puntuación resultante tras aplicar el sistema establecido en el punto 1.3 del Anexo 1 de la Guía es la siguiente: Cto. Del Mundo, Feb. 2016 CN San Isidro, Argentina Cto. De Europa, Abril 2016 Club Nàutic Arenal, España Total ESP14 10º puesto (9 º pais) 22 puesto 140 ESP33 23 puesto 15 puesto 127 ESP18 30 puesto 11 puesto (11 pais) 118 11. Respecto del cumplimiento de los mínimos de calidad establecidos en el punto 2 del Anexo 1 de la Guía (finalizar dentro de los diez primeros países según la clasificación general) expone el DPO la tripulación matemáticamente ganadora de la selección ESP Acta del Comité de Clases olímpicas xx/2016 de 11 de abril de 2016 Página 4 de 5 14 ha sido el único equipo que ha conseguido dichos mínimos en el mundial de Argentina; sin que ningún equipo español lo haya conseguido en el Cto. de Europa. 12. Sin embargo, el DPO entiende que la calidad demostrada por las tripulaciones tanto en las regatas de selección como en su reciente historial deportivo cumple con la finalidad de la exigencia de cumplimiento del criterio de calidad previsto en la Guía, por lo que, tras consulta mantenida con el entrenador nacional de la clase, D. Jorge Angulo Batista, quien se ha manifestado conforme a este particular criterio, solicita del Comité de Clases Olímpicas conceda a la tripulación formada por Barbara Cornuella y Sara Lopez la elegibilidad exigida al amparo de la posibilidad que le otorga el último párrafo del punto 2.2 del Anexo 1 de la Guía. 13. Finalmente, el DPO propone que si el Comité acepta su propuesta relativa a la elegibilidad de la tripulación ESP 14, y en aplicación del punto 2.2 del Anexo 1 de la Guía 1, se acuerde designar a la tripulación formada por Bárbara Cornudella Ravetllat y Sara López Ravetllat como la seleccionada para representar a España en los JJ.OO. 2016 en la clase 470 Femenino, al haber obtenido una puntuación superior a la conseguida por sus rivales. Acta del Comité de Clases olímpicas xx/2016 de 11 de abril de 2016 Página 5 de 5 Decisión: 14. Tras deliberar la propuesta, el Comité de Clases Olímpicas acuerda por unanimidad lo siguiente: 1º.- Conceder a la tripulación formada por Bárbara Cornudella Ravetllat y Sara López Ravetllat la elegibilidad exigida en el punto 2.2 del Anexo 1 de la Guía. 2º.- Declarar a la tripulación formada por Bárbara Cornudella Ravetllat y Sara López Ravetllat seleccionada para representar a España en los JJ.OO. 2016 en la clase 470 Femenino. 3º.- Comunicar el presente acuerdo al Comité Olímpico Español a los efectos procedentes. Y no habiendo más asuntos que tratar, el Presidente levanta la sesión a las 17:45 horas del día 11 de abril de 2016 Antonio Ripoll Alberti Secretario Vº Bº: Joaquín González Devesa,

Articulo publicado por iusport el 31 05 2016.

http://iusport.com/not/17884/-p-align-center-b-casanueva-se-niega-a-que-el-tas-tramite-de-urgencia-el-caso-de-los-regatistas-b-p-/

 

Redacción de Iusport

 

31 de mayo de 2016

 

Casanueva se niega a que el TAS tramite "de urgencia" el caso de los regatistas Barreiros y Curbelo.

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Podríamos calificar de indigno que toda una federación española se oponga formalmente ante el TAS a que el recurso de los regatistas Onán Barreiros y Juan Curbelom o de cualquier otro deportista o club, se sustancie por el procedimiento de urgencia, cuando sabe que es la única forma de que su laudo llegue a tiempo de poder ejecutarse antes de los Juegos de Río.

 

 

IUSPORT informó este martes que el Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) ha admitido a trámite el recurso interpuesto por los regatistas Onán Barreiros y Juan Curbelo contra su exclusión de los Juegos Olímpicos de Río por parte de la Real Federación Española de Vela (RFEV).

 

 

Los regatistas habían solicitado al TAS que su recurso se tramitase con carácter de urgencia pero se han encontrado con la inaudita oposición de la RFEV, que termina así absolutamente desprestigiada en un litigio que tiene todos los visos de perder.

 

 

Esto "dilata la decisión", puntualizan los propios regatistas, porque una petición de tramitación por la vía de urgencia ante el TAS solo puede admitirse si las dos partes están de acuerdo.

Asimismo, los regatistas habían pedido al Tribunal de Arbitraje Deportivo (TAS) que la Real Federación Española de Vela (RFEV) no pueda inscribir a ninguna tripulación de 470 para los Juegos de Río hasta que se falle su recurso.

 

El TAS aún no se ha pronunciado sobre la cautelar.

Sus argumentos

Barreiros y Curbelo defienden su derecho a participar en los JJOO, ya que forman la única tripulación de la clase 470 que cumple los requisitos mínimos exigidos por la Guía de selección olímpica de la propia RFEV.

Sin embargo, la imparcialidad que se le debe suponer a la Junta Directiva de la Federación Española de Vela, presidida por Julia Casanueva -que accedió al cargo tras una moción de censura a su predecesor-, está de nuevo en entredicho ya que acaba de oponerse a que la reclamación realizada ante el Tribunal de Arbitraje Deportivo, TAS, por los regatistas grancanarios, al igual que en el caso de los hermanos Alonso, los asturianos que litigan por la plaza de la clase 49ers, sea tratada por vía de urgencia.

Para que este tribunal estudie una reclamación por vía de urgencia deben estar de acuerdo las dos partes enfrentadas y al rechazarlo la Federación no se sabe cuándo será el fallo del TAS. La cosa no tendría mayor importancia si no fuera porque está en juego, en ambos casos, una plaza para Río de Janeiro y la Federación Española de Vela tiene que dar a la organización de los Juegos Olímpicos los nombres de todos sus deportistas a mediados del mes que viene y es posible que para entonces no se sepa su decisión.

Barrerios y Curbelo se han visto obligados a acudir al TAS, ante la negativa de la Federación a tramitar su reclamación, como única instancia que puede resolver a tiempo, al contrario que la justicia ordinaria.

Los Juegos Olímpicos 2016 comienzan el 8 de agosto, por lo que los plazos son ya ajustados.

Por este motivo, los regatistas grancanarios -en la actualidad quintos del ranking mundial-, solicitaron al TAS que su reclamación se tramitara con carácter de urgencia. La RFEV se opuso ante el mismo organismo, con lo que dilata la decisión.

Onán Barrerios y Juan Curbelo forman la única tripulación de la clase 470 española que cumple con los requisitos mínimos para la selección olímpica establecidos por la RFEV. Esto es, quedar entre los diez primeros países en las dos regatas de selección.

La tripulación canaria cumple con este resultado mínimo en las dos regatas de selección que para la clase 470 fueron el Mundial de Argentina y el Europeo de Mallorca. La RFEV ha designado a la pareja catalana Xammar-Herp como representantes en Río, pese a que no cumplieron el criterio mínimo en el Mundial de Argentina.

Tras la negativa de la RFEV a tramitar la reclamación de los canarios, estos optaron por acudir por su cuenta a la Copa del Mundo de Hyères (Francia), prevista como regata de desempate por la Guía.

Pese a acudir sin apoyo de ningún tipo y a verse obligados a pagar el viaje con una campaña de micromecenazgo por Internet, Barreiros y Curbelo fueron la única tripulación española que logró entrar en la ´medal race´. Carecieron hasta de apoyo de un entrenador en el agua, pero al final acabaron 7º de la clasificación y primeros españoles.

El TAS es el máximo organismo de arbitraje que dirime disputas en torno al deporte. Es independiente de cualquier organización deportiva y fue creado por el entonces presidente del Comité Olímpico Internacional, Juan Antonio Samaranch, para dirimir disputas durante los Juegos Olímpicos en 1984. Sus sentencias tienen la misma fuerza ejecutiva que las sentencias de los tribunales ordinarios