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Articulo publicado en el Diario Montañés el 19 11 2016

DM

Articulo publicado en diariocantabria.com el 19 11 2016

 

 

 

http://www.eldiariocantabria.es/articulo/deportes/comite-cantabro-disciplina-deportiva-ordena-repetir-elecciones-regional-vela/20161119210930021808.html

 

 

 

El Comité Cántabro de Disciplina Deportiva ordena repetir las elecciones a la regional de vela

 

La resolución se produce tras el recurso electoral formulado por el regatista José Francisco García de Soto frente a la convocatoria del proceso electoral y su publicación, de la F. C. de Vela.

 

19 de Noviembre de 2016 (21:09 h.) eldiariocantabria

 

COMITE CANTABRO DISCIPLINA DEPORTIVA ORDENA REPETIR

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Se estima parcialmente el recurso interpuesto por D. José Francisco García de Soto

 

Mediante resolución de 11 de noviembre, el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva ha acordado retrotraer el proceso electoral seguido en la Federación Cántabra de Vela al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la Asamblea.

 

La resolución se produce tras el recurso electoral formulado por el regatista José Francisco García de Soto frente a la convocatoria del proceso electoral y su publicación, de la F. C. de Vela, según informa iusport.com

 

Se denunciaba por el recurrente la falta de publicación en el plazo fijado en el calendario electoral de la lista de candidatos elegidos a la asamblea, lo cual ha podido impedir al recurrente comprobar el contenido de dicho acto e interponer en su caso, el oportuno recurso en el plazo establecido a tal efecto en el calendario electoral.

 

Se denunciaba por el recurrente la falta de publicación en el plazo fijado en el calendario electoral de la lista de candidatos elegidos a la asamblea

 

"En este sentido [dice el Cimité], debe estimarse el recurso en tanto que a la vista del calendario electoral de la F.C. de Vela, se observa que el inicio del plazo de exposición publica de la lista de candidatos elegidos, comienza el lunes 31 de octubre y finaliza el viernes 4 de noviembre ; constando a este Comité su publicación el día 2 de noviembre , lo cual ha podido generar indefensión al recurrente , al haber podido verse privado parcialmente el recurrente , del plazo íntegro para la formulación de dicho recurso según el calendario electoral aprobado por la 'propia Federación" .

 

"En consecuencia, se acuerda la retroacción del proceso electoral al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la asamblea, debiendo proveerse un trámite de exposición pública que contemple expresamente el plazo que a tal fin contempla la Orden Electoral (art. 18.11) por la que ha de regirse el proceso".

 

"Para ello, se requiere a la F.C. de Vela a fin de que remita a este Comité y a la D.G. de Deporte , propuesta de nuevo calendario electoral a partir del acto de publicación de los candidatos elegidos; tras lo cual este órgano procederá a su ratificación , si procediese , en su caso, con el visto bueno de la D. G. de Deporte".

 

Se acuerda la retroacción del proceso electoral al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la asamblea

 

Finalmente, el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva acuerda:

 

1.- Estimar parcialmente el recurso interpuesto por D. José Francisco García de Soto y de la Roza contra la publicación del listado de los candidatos elegidos para la Asamblea General, desestimando el resto de motivos contenidos en los recursos que han dado lugar a los expedientes de referencia.

 

2.- Retrotraer el proceso electoral seguido en la F.C de Vela al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la Asamblea, debiendo proveerse un trámite de exposición pública que contemple expresamente el plazo a tal fin previsto en la Orden Electoral por la que ha de regirse el proceso , según lo dispuesto en su artículo 18. 1 1 A tales efectos, se acuerda requerir a la F.C. de Vela a fin de que remita a este Comité y a la D. G. de Deporte, propuesta de nuevo calendario electoral a partir del acto de publicación de los candidatos elegidos, tras lo cual este Órgano procederá a su ratificación, si procediese , en su caso, con el visto bueno de la D. G. de Deporte.

Articulo publicado en iusport.com el 19 11 2016

 

 

 

 

http://iusport.com/not/26054/el-comite-cantabro-de-disciplina-deportiva-ordena-repetir-las-elecciones-a-la-regional-de-vela

 

 

Redacción de Iusport

 

19 de noviembre de 2016

 

El Comité Cántabro de Disciplina Deportiva ordena repetir las elecciones a la regional de vela

 

 

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Mediante resolución de 11 de noviembre, el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva ha acordado retrotraer el proceso electoral seguido en la Federación Cántabra de Vela al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la Asamblea.

 

La resolución se produce tras el recurso electoral formulado por el regatista José Francisco García de Soto frente a la convocatoria del proceso electoral y su publicación, de la F. C. de Vela.

 

Se denunciaba por el recurrente la falta de publicación en el plazo fijado en el calendario electoral de la lista de candidatos elegidos a la asamblea, lo cual ha podido impedir al recurrente comprobar el contenido de dicho acto e interponer en su caso, el oportuno recurso en el plazo establecido a tal efecto en el calendario electoral.

 

 

"En este sentido [dice el Cimité], debe estimarse el recurso en tanto que a la vista del calendario electoral de la F.C. de Vela, se observa que el inicio del plazo de exposición publica de la lista de candidatos elegidos, comienza el lunes 31 de octubre y finaliza el viernes 4 de noviembre ; constando a este Comité su publicación el día 2 de noviembre , lo cual ha podido generar indefensión al recurrente , al haber podido verse privado parcialmente el recurrente , del plazo íntegro para la formulación de dicho recurso según el calendario electoral aprobado por la 'propia Federación" .

 

 

"En consecuencia, se acuerda la retroacción del proceso electoral al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la asamblea, debiendo proveerse un trámite de exposición pública que contemple expresamente el plazo que a tal fin contempla la Orden Electoral (art. 18.11) por la que ha de regirse el proceso".

 

 

"Para ello, se requiere a la F.C. de Vela a fin de que remita a este Comité y a la D.G. de Deporte , propuesta de nuevo calendario electoral a partir del acto de publicación de los candidatos elegidos; tras lo cual este órgano procederá a su ratificación , si procediese , en su caso, con el visto bueno de la D. G. de Deporte".

 

Finalmente, el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva acuerda:

 

 

1.- Estimar parcialmente el recurso interpuesto por D. José Francisco García de Soto y de la Roza contra la publicación del listado de los candidatos elegidos para la Asamblea General, desestimando el resto de motivos contenidos en los recursos que han dado lugar a los expedientes de referencia.

 

 

2.- Retrotraer el proceso electoral seguido en la F.C de Vela al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la Asamblea, debiendo proveerse un trámite de exposición pública que contemple expresamente el plazo a tal fin previsto en la Orden Electoral por la que ha de regirse el proceso , según lo dispuesto en su artículo 18. 1 1 A tales efectos, se acuerda requerir a la F.C. de Vela a fin de que remita a este Comité y a la D. G. de Deporte, propuesta de nuevo calendario electoral a partir del acto de publicación de los candidatos elegidos, tras lo cual este Órgano procederá a su ratificación, si procediese , en su caso, con el visto bueno de la D. G. de Deporte.

 

 

TEXTO ÍNTEGRO DE LA RESOLUCIÓN

 

Comité Cántabro de Disciplina Deportiva

 

"En Santander, a 11 de noviembre de 2016.

 

Reunido el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva bajo la presidencia de Dña. Verónica Cruz Gómez, formando parte del mismo, como Vocales, D. Javier Brizuela Eiras, D. Javier Noriega Gómez y D. Miguel Ángel Sainz, y actuando como Secretaria Doña. Mª Teresa Vega,

 

 

Ha dictado la siguiente Resolución en los expedientes REL 13-16NL y REL 16-16NL

 

 

ANTECEDENTES DE HECHO

 

 

Primero.- En la reumon del Comité Cántabro de Disciplina Deportiva - CCDD- de 30 de septiembre de 2016, se acordó la apertura de expediente REL 13- 16NL en virtud de recurso electoral formulado por D. José Francisco García de Soto y de la Roza frente a la convocatoria del proceso electoral y su publicación, de la F .C. de Vela.

 

Con igual fecha se requiere en virtud de lo dispuesto en el artículo 24 punto 6 de la Orden ECD 2/2016 por este Comité a la F.C. de Vela para que aporte copia de toda la documentación relativa a la convocatoria del proceso electoral y su publicación.

 

Igualmente, y con misma fecha, este Comité solicitó a la D. G. de Deporte la remisión de copia del expediente electoral, certificando si la convocatoria de dicho proceso fue publicada en el tablón de anuncios de esa Dirección General.

 

Segundo.- En la reunión del Comité Cántabro de Disciplina Deportiva - CCDD- de 24 de octubre de 2016, este Comité acordó:

 

Se recibe escrito de fecha 13 de octubre de 2016 presentado por D. José Francisco García de Soto y de la Roza contra la desestimación por silencio de la reclamación formulada contra el censo electoral de la F. C. de Vela. se acuerda su admisión a trámite como expediente REL 16-16/VL. Se requiere a la F.C. Vela, de conformidad con lo dispuesto en el art 24 punto 6 de la Orden ECD 212016, afin de que, en el plazo máximo de 3 días hábiles, se remita a este Comité copia del expediente electoral, con todos los documentos que hayan sido tenidos en cuenta para dictar la resolución impugnada. Se solicita a la D.G. de Deportes que se remita a este Comité copia del expediente electoral.

 

Tercero.- En el expediente 13-16/VL se recibe con fecha 7 de octubre de 2016, copia del expediente electoral remitido por la D. G de Deporte, así como copia de la certificación emitida por dicha Dirección General en su tablón de anuncios, de la convocatoria electoral

 

En fecha 17 de octubre de 2016, se recibe expediente federativo de la F. C de Vela en el REL 13-16/VL.

 

En fecha 4 de noviembre de 2016, se recibe expediente federativo de la F.C. de Vela en el REL 16-16/VL.

 

Cuarto.- Con fecha 4 de noviembre de 2016, se recibe en este Comité nuevo escrito del recurrente , en el que se alega el incumplimiento del artículo 18.11 de la Orden ECD 2/2016; al no haber procedido la F.C. de Vela a publicar en el tablón de anuncios, así como en las dependencias de la D. G. de Deporte, el listado de candidatos elegidos durante los tres días siguientes hábiles al de haberse realizado la votación , pudiendo privarle así de su hipotético derecho a impugnar dicho listado.

 

Dicho escrito fue incorporado al REL 13-16NL por este Comité en su pasada reunión del día 4 de noviembre de 2016.

 

FUNDAMENTOS DE DERECHO

 

1.- El Comité Cántabro de Disciplina Deportiva es competente para resolver los Recursos Electorales formulados contra las resoluciones de la Junta Electoral de la FCAU, de conformidad con lo establecido en el artículo 24.2 de la Orden ECD/ 13/2012, de 8 de marzo, el artículo 66 del Decreto 26/2002, de 7 de marzo, el artículo 60 del Decreto 72/2002, de 20 de junio, y el artículo 90.2 de la Ley de Cantabria 2/2000 , de 3 de julio , del Deporte.

 

11.- Con carácter previo , y observándose por este Comité que entre los dos recursos electorales que se están tramitando bajo lo números REL 13-16/VL y REL 16-16/VL a instancias del recurrente•; se da además una evidente conexión en el fondo y pedimentos interesados; se acuerda por este Comité, la ACUMULACIÓN de ambos y por ende su resolución conjunta en aras a los principios de agilidad, congruencia y economía procesal.

 

111.- Entrando al análisis del fondo, el recurso versa sobre los siguientes motivos:

 

111.1.- En el REL 13-16NL se invoca por el recurrente la privación de la posibilidad de concurrir y formar parte de los distintos órganos encargados de velar por el cumplimiento de la normativa electoral- Orden ECD/2/2016, de 4 de enero de 2016- en el proceso electoral a celebrar en dicha Federación. En este sentido, manifiesta el recurrente que: "no se ha dado publicidad a la convocatoria de la Asamblea General Extraordinaria en donde se nombra a la Junta Electoral, así como tampoco al nombramiento de la Mesa Electoral" , imposibilitando así de facto la participación de cualquier federado de los "ajenos a los afines a los que dirigen la
F.C. de Vela".

 

En este sentido, no puede prosperar referido motivo de recurso por cuanto no existe en la norma, previsión alguna que haya sido inobservada por los órganos federativos a la hora de realizar dichos trámites electorales; entendiéndose por el contrario, que cualquier miembro de la F.C. de Vela teniendo conocimiento como sucede en el caso del recurrente del propio proceso electoral, hubo de manifestar a los órganos federativos su puesta a disposición de aquellos, para que en su caso, si hubiera sido ese su deseo, hubiera entrado a formar parte de las personas entre las que se eligieran a los miembros de la Mesa y Junta electoral.

 

A mayor abundamiento, ha de hacerse mención respecto de este motivo de impugnación , a que la participación y elección de miembro de la Junta Electoral comporta de iure, ex artículo 7.3 de la mentada Orden, la exclusión del derecho a optar a los cargos representativos.

 

En efecto, de acuerdo con lo dispuesto en el señalado artículo: "Los miembros de la Junta Electoral deberán ser personas ajenas al proceso electoral, por lo que no podrán designarse como tales a los candidatos electorales ni a los miembros de la Junta Directiva saliente o de la Comisión Gestora que se constituya para el proceso electoral conforme al artículo 1O.2. "

 

Por tanto, ningún perjuicio se le ha podido causar al recurrente, al constar acreditado en el expediente federativo que concurrió al proceso electoral de la F. C de Vela por el estamento de Deportistas, obteniendo 32 votos; motivo por el cual, en ningún caso podría haber sido candidato a la Junta y Mesa electoral, al resultar ambos incompatibles.

 

111.2.-En cuanto a la impugnación relativa a la consideración de que la Comisión Gestora carece de competencia para proceder a la convocatoria del proceso electoral; hemos de manifestar, que precisamente una vez finaliza el mandato de la Junta Directiva, la misma ha de constituirse en Junta gestora, cuya primera y principal obligación es precisamente la de convocar el proceso electoral.

 

Se rechaza por ello, el presente motivo, sin más consideraciones.

 

111.3.- Se impugna igualmente por el recurrente la publicidad de la convocatoria electoral y de los censos, en tanto que considera que los mismos debieron ser publicados en las páginas institucionales de la Federación y de la D. G. De Deporte.

 

El motivo ha de ser igualmente desestimado; en tanto que dicha forma de publicación en todo caso es potestativa y no imperativa; como así se pretende por el recurrente , y tal y como se deduce a la vista de la expresión "en su caso", que se contempla tanto en el artículo 12 de la Orden ECD/2/2016, de 4 de enero de 2016 como en el artículo 6.5 in fine del Reglamento Electoral de la propia Federación.

 

En cualquier caso, este Comité ha podido comprobar que tanto la convocatoria como los censos, así como el calendario electoral, han sido debidamente publicados en el tablón de anuncios de la D. G. de Deporte, cumpliéndose con los requisitos obligados de publicidad y transparencia que con carácter obligatorio contempla la norma, no pudiendo así, advertirse indefensión alguna en estos actos del proceso electoral.

 

III.4.- Finalmente, se denuncia la falta de publicación en el plazo fijado en el calendario electoral de la lista de candidatos elegidos a la asamblea ; lo cual ha podido impedir al recurrente comprobar el contenido de dicho acto e interponer en su caso, el oportuno recurso en el plazo establecido a tal efecto en el calendario electoral.

 

En este sentido, debe estimarse el recurso en tanto que a la vista del calendario electoral de la F.C. de Vela, se observa que el inicio del plazo de exposición publica de la lista de candidatos elegidos, comienza el lunes 31 de octubre y finaliza el viernes 4 de noviembre ; constando a este Comité su publicación el día 2 de noviembre , lo cual ha podido generar indefensión al recurrente , al haber podido verse privado parcialmente el recurrente , del plazo íntegro para la formulación de dicho recurso según el calendario electoral aprobado por la 'propia Federación .

 

En consecuencia, se acuerda la retroacción del proceso electoral al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la asamblea, debiendo proveerse un trámite de exposición pública que contemple expresamente el plazo que a tal fin contempla la Orden Electoral (art. 18.11) por la que ha de regirse el proceso.

 

Para ello, se requiere a la F.C. de Vela a fin de que remita a este Comité y a la
D.G. de Deporte , propuesta de nuevo calendario electoral a partir del acto de publicación de los candidatos elegidos; tras lo cual este órgano procederá a su ratificación , si procediese , en su caso, con el visto bueno de la D. G. de Deporte.

 

 

En virtud de lo expuesto, el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva

 

ACUERDA

 

 

Estimar parcialmente el recurso interpuesto por D. José Francisco García de Soto y de la Roza contra la publicación del listado de los candidatos elegidos para la Asamblea General, desestimando el resto de motivos contenidos en los recursos que han dado lugar a los expedientes de referencia.

 

Retrotraer el proceso electoral seguido en la F.C de Vela al momento de la publicación de la lista de candidatos elegidos a la Asamblea, debiendo proveerse un trámite de exposición pública que contemple expresamente el plazo a tal fin previsto

en la Orden Electoral por la que ha de regirse el proceso , según lo dispuesto en su artículo 18. 1 1 A tales efectos, se acuerda requerir a la F.C. de Vela a fin de que remita a este Comité y a la D. G. de Deporte, propuesta de nuevo calendario electoral a partir del acto de publicación de los candidatos elegidos, tras lo cual este Órgano procederá a su ratificación, si procediese , en su caso, con el visto bueno de la D. G. de Deporte.

 

Contra la presente Resolución, que agota la vía administrativa, podrá interponerse Recurso Contencioso-Administrativo , ante el Juzgado de lo Contencioso Administrativo , en el plazo de dos meses contados a partir de la fecha de su notificación".

articulo publicado en masmar.com el 18 11 2016

 

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Varapalo-del-juzgado-de-lo-social-a-la-RFEV-presidida-por-Casanueva

 

Varapalo del juzgado de lo social a la RFEV presidida por Casanueva.

 

18 noviembre 2016 10:08:47

 

El día 13 de octubre de 2016 el Juzgado de lo Social nº 4 de Santander emitió la sentencia 396/20156 como consecuencia de la demanda interpuesta por el monitor del CEAR D. Rubén Moran Mantilla contra la RFEV por las dos sanciones de suspensión de empleo y sueldo de 60 y 31 día que le impuso la RFEV el día 6 de Junio de 2016; en la que decía:

 

F A L L O

 

Se estima la súplica subsidiaria de la demanda formulada por Don Rubén Morán Mantilla contra la empresa Real Federación Española de Vela, se declara la improcedencia de las sanciones impuestas, dejándose sin efecto las mismas y se condena a la empresa demandada a abonar al trabajador los salarios dejados de percibir por su cumplimiento, que alcanzan a 101 días de suspensión de empleo y sueldo, con los demás efectos inherentes.

 

Notifíquese la presente resolución a las partes, haciéndoseles saber que la misma es firme y no cabe recurso alguno.

 

Así por ésta mi sentencia, la pronuncio, mando y firmo.

 

Mediante carta de fecha 6 de junio de 2016, la empresa demandada acordó imponer al actor dos sanciones de suspensión de empleo y sueldo de 60 y 31 días, como autor de la comisión de dos faltas muy graves de “imprudencia o negligencia inexcusables, así como el incumplimiento de las normas de seguridad e higiene en el trabajo, cuando sean causa de accidente laboral grave, perjuicios graves a sus compañeros o a terceras personas, o de daño grave a la empresa o a sus productos” y de “hacer desaparecer, inutilizar o causar desperfectos en materiales, útiles, herramientas, maquinarias, aparatos, instalaciones edificios, enseres y documentos de la empresa”, tipificados en los arts. 43.3.5 y 43.3.7 del citado convenio colectivo y ocurridas el día 23 de mayo de 2016.

 

Los hechos que motivaron las sanciones fueron los siguientes

 

“Ese día Usted tenía encomendada la actividad de Cursos Básicos en el Raquero, en un horario de 16:00 a 19:00 horas, asignándole un grupo de 6 alumnos de entre 7 y 11 años. Por otro lado, su compañero D. Pablo Camino, tenía encomendada la misma actividad de monitor con otro grupo de alumnos.

 

A las 18:08 horas, D. Rodrigo Alonso Campo, Coordinador del CEAR, recibió una llamada de su compañero D. Pablo Camino, en la que le alertaba que tenía que recoger urgentemente a los niños del grupo que Usted tenía a su cargo, al encontrarse dichos alumnos solos en el Puntal puesto que Usted no se hallaba presente. Según ha podido comprobar esta Dirección, en la medida en que dejó mal amarrada la embarcación, ésta zarpó sin rumbo y Usted, lejos de cumplir las órdenes de la Dirección cuando se produce una situación como la acontecida y contactar con algún compañero por teléfono o con la emisora para que le ayudara a resolver la situación, quiso ocultar este hecho y solicitar a un bañista que se encontraba en la playa (D. Tomás) la tabla de windsurf que portaba para alcanzar junto a ella, remando, la embarcación.

 

D. Pablo Camino, debido a que se encontraba en los aledaños tuvo conocimiento que sus alumnos se hallaban en el Puntal, sin que ningún monitor los controlara, por lo que contactó con D. Rodrigo Alonso Campo para que los rescatara.

 

D. Rodrigo Alonso se vio obligado a utilizar una neumática para rescatar a sus alumnos. Cuando éste llegaba al Puntal, se encuentra a los niños solos en la playa y D. Tomás le indica que Usted le pidió la tabla de windsurf para alcanzar la embarcación que había partido. A pesar de que D. Tomás desconocía las razones por las que se les escapó la embarcación, la Federación ha podido constatar que Usted no amarró correctamente la misma.

 

Adicionalmente, al detectar el problema generado decidió, unilateralmente, subsanarlo sin avisar a la Federación, permitiendo que sus alumnos se quedaran solos en el Puntal, cuando ello está expresamente prohibido.

 

Tras solicitarle explicaciones por parte de la Dirección, Usted se limitó a excusarse en que dos niños iban poco vestidos y tenían frío y que entonces decidió ir a la playa del Puntal para hacer actividades con ellos sin efectuar referencia alguna al alcance de los hechos descritos.

 

No obstante lo anterior, lo cierto es que incumpliendo la normativa interna, Usted bajó a la playa sin avisar a su compañero y no tomó las medidas pertinentes para amarrar bien el barco.

 

Además, debido al accidente, en la embarcación se rompió el cintón de popa unos 12 cm. (despegó el casco de cubierta), lo que ha irrogado unos daños económicos a la Federación”.

 

En el parte diario suscrito por el actor figura lo siguiente

 

“Hacía mucho viento. Hice 2 rizos en la mayor. Hubo un incidente que relato detalladamente a continuación. Debido al viento frio y a la poca vestimenta, de sobretodo un alumno y una alumna, pensé en parar un ratito en el Puntal, al resguardo, para que se recuperaren y entrasen en calor, ya que venían con frio. Y es una práctica que ya hemos hecho en veces anteriores con regularidad. Llamé por radio (walkie talkie) a mi compañero Pablo C., que estaba en el otro Raquero, para informarle de mi idea. No responde. Seguidamente intento lo mismo con la oficina del CEAR (Base) para informar y así si me ven, que sepan donde estamos. No responden. Después me enteré de que no llevaba radio y en la Base no la habían encendido. En vista de la no respuesta, espero a que Pablo C. con el R. Verde esté cerca y hago la maniobra de atraque en el embarcadero del Puntal. Amarro el barco, bajo la vela mayor y llevo a los alumnos hasta la arena para que me esperen allí mientras aseguro bien el barco. En ese impas, oigo el golpeo de una ola en el barco, veo como se gira bruscamente dando un fuerte tirón del cabo de proa (con el que estaba amarrado) rompiéndolo y quedando el barco a la deriva. Vuelvo a llamar por walkie talkie a la base y a mi compañero. Sin respuesta. Viendo que el barco deriva y se aleja rápidamente y hay riesgo de siniestro decido pedir ayuda a quien por ahí estuviese, encontrando solamente a un conocido windsurfista que acababa de parar a descansar. No siendo éste capaz de acercarme al barco pero si de prestarme su tabla (sin vela) para intentar alcanzarlo. Intento alcanzar, estando encima de la tabla, al barco, pero me es imposible. Un barco de “Las Reginas” que pasaba por allí me pregunta y yo le solicito que avise con la bocina a mi compañero P.C. que está regresando hacia la playa con el R. Verde. Al verme, me recoge y me lleva hasta el barco que ya ha llegado al puente de Calatrava. Al tiempo, aviso a Roy por el teléfono móvil, a quien le indicamos como ayudarnos con una neumática. Mientras la neumática recoge a los alumnos y a mí, que estoy en el barco manteniéndolo separado para que no golpee contra el gaseoducto, P.C. vuelve de regreso con su barco a la base. Y nosotros con la neumática tenemos remolcado al Raquero el cual sufre un golpe leve en el cintón de popa”.

 

Se sostiene por el actor, que la imposición de la sanción está motivada por los procesos judiciales instados, (despido y reclamación salarial), así como por la denuncia ante la Inspección de Trabajo. Por la empresa, en cambio, se alega que la sanción está motivada por unas causas reales, absolutamente ajenas a la vulneración de derecho alguno, y así, en relación con el despido, por la falta de conexión temporal y en relación con la reclamación de cantidad, por el propio desistimiento efectuado por el actor.

 

Referente a los hechos contenidos en la carta de sanción, corresponde a la empresa demandada, no solo, demostrar la entidad de la falta atribuida al trabajador, asumiendo la carga de probar los hechos en que fundamenta su oposición, sino también, la carga de su fundamentación jurídica. En el presente caso, no solo existe divergencia sobre los hechos, que son diferentes a las que figuran en el parte diario, sino también con la calificación jurídica.

 

Sobre los hechos, las pruebas testificales practicadas del monitor Don Pablo Camino Rodríguez, del capitán de “Las Reginas” Don Moisés Bedia Güemes y del dueño de la tabla de windsurf Don Tomás Santos Leal, acreditan que los hechos sucedieron tal y como figuran en el parte suscrito por el actor, esto es, que su compañero monitor no llevaba el walkie talkie, que avisó del incidente al capitán del barco de “Las Reginas”, y que los alumnos estuvieron acompañados en el Puntal en todo momento, acreditándose con las fotografías, que el cabo del barco no se soltó, sino que se rompió y con la testifical de la persona encargada de la oficina, Doña Isabel Terán Villegas, que puede suceder, que la emisora fija del CEAR estuviese cerrada.

 

Tales hechos no pueden ser constitutivos de las faltas imputadas, pues de ellos no se deriva una negligencia inexcusable, ya que ni han causado un accidente laboral grave, ni constan perjuicios a sus compañeros o terceros, ni daños graves a la empresa (el daño causado sería entre 120 y 160 euros de acuerdo con la testifical del coordinado Don Rodrigo Alonso Campo). Solo responden a un accidente fortuito, o a una situación extrema, en la cual el actor, como monitor experimentado, hizo todo lo posible para solucionarlo al no poder comunicarse por la emisora. Por lo expuesto, no podrá compartirse el criterio sancionador de la empresa demandada, al no practicarse una prueba concluyente, que acredite la falta de diligencia en el trabajo del actor, o que los desperfectos en el barco se causaran intencionadamente, debiendo así estimarse la pretensión.

 

Este es, sin duda alguna un buen varapalo para la RFEV presidiada en aquel momento por Casanueva.

 

J.F.M.J.O.

 

Articulo publicado en eldiarioncantabria el 13 08 2016

 

 

 

 

 

http://www.eldiariocantabria.es/articulo/deportes/impugnan-tribunales-elecciones-federacion-cantabra-vela/20160813194826017307.html

 

 

Impugnan en los tribunales las elecciones a la Federación Cántabra de Vela

 

El regatista José Francisco García de Soto denuncia que la Federación Cántabra de Vela ha "emitido tres calendarios distintos en los que se manifiestan que en una misma Asamblea fueron sometidas y aprobadas tres fechas distintas para la celebración de la AGE para la votación del Presidente".

 

13 de Agosto de 2016 (19:49 h.) eldiariocantabria

 

IMPUGNAN TRIBUNALES ELECCIONES FEDERACIÓN CÁNTABRA VELA

 

 

2016081319492113654

 

 

García de Soto solicita se dicte sentencia que declare la nulidad del proceso electoral de elecciones a Presidente de la Federación Cántabra de Vela

 

El regatista José Francisco García de Soto ha interpuesto un recurso contencioso administrativo contra una resolución dictada por el Comité Cántabro de Disciplina Deportiva (Consejería de Cultura, Turismo y Deporte del Gobierno de Cantabria), de fecha 22 de enero de 2016, según informa iusport.com

 

En el recurso denuncia que la Federación Cántabra de Vela ha "emitido tres calendarios distintos en los que se manifiestan que en una misma Asamblea fueron sometidas y aprobadas tres fechas distintas para la celebración de la AGE para la votación del Presidente".

 

La Federación ha emitido tres calendarios distintos en los que se manifiestan que en una misma Asamblea fueron sometidas y aprobadas tres fechas distintas para la celebración de la AGE para la votación del Presidente

 

Dice el recurrente que "de aquí se evidencia que se ha modificado la fecha aprobada por la AGE de 20 de octubre de 2015 atendiendo a la imposibilidad de cumplir el calendario aprobado en dicha AGE. Sucede que siendo la Asamblea General el órgano competente para aprobar el calendario electoral, las sucesivas modificaciones de éste no han sido aprobadas por órgano competente, lo que determina la nulidad del proceso electoral".

 

García de Soto solicita se dicte sentencia que declare la nulidad del proceso electoral de elecciones a Presidente de la Federación Cántabra de Vela iniciado con la convocatoria a la Asamblea General Extraordinaria de 20 de octubre de 2015 o, con carácter subsidiario, declare la nulidad de la candidatura y elección de D. Jorge Pineda Otamendi como Presidente de la Federación Cántabra de Vela, y todo ello con imposición de las costas a la Administración demandada.

Articulo publicado en masmar.com el 15 11 2016

 

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/A-buenas-horas-mangas-verdes

 

 

A buenas horas mangas verdes.

 

15 noviembre 2016 05:53:27

 

El pasado día 9 de noviembre en el “País” se publicaba un artículo titulado “los expedientes de Cardenal a las federaciones “Cortijo””, entre las que incluía a la Vela, de la que decía:

 

“La presidenta de la federación de vela, Julia Casanueva, estudia presentar, a instancias del CSD, una denuncia en los juzgados penales contra el anterior presidente, José Ángel Rodríguez. A este, obligado a dimitir en junio pasado tras una moción de censura, se le imputa, entre otras irregularidades, una mala gestión, así como su elevado sueldo, unos 113.000, dentro de los que unos 50.000 son en concepto de gastos de representación”.

 

Ahora cuando el SED ha dimitido y Casanueva es Gestora, se la ocurre proponer lo que cuando lo pudo hacer, no lo hizo.Lo que Casanueva insinúa al “País”, corresponderá a quien ocupe el Cargo de SED, y al nuevo Presidente de la RFEV, los que también tendrían que denunciar la desaparición de los fondos de la FUNDACION VELA ESPÀÑOLA.Casanueva, tras haber sido 12 meses Presidenta de la RFEV , es ahora, cuando ya solo lo es de la Gestora, cuando “estudia” presentar una denunciar en los juzgados penales contra el Ex Presidente, por, entre otras cosas, el sueldo cobrado por aquel sin la aprobación de la Asamblea, ello al parecer instada por el CSD. Solo recordar una cosa fundamental en este desmadre, Casanueva cuando Rodríguez estuvo cobrando sin la aprobación de la Asamblea, ella era su VICEPRESIDENTA PRIMERA, Y NO ABRIA LA BOCA POR ESTE ASUNTO.Esta denuncia, como digo, Casanueva tenía que haberla hecho nada más llegar a la presidencia de la RFEV, (COMO PROMETIÓ). Aun no se entiende el porqué no la hizo, y demuestra con ello su inoperancia e incapacidad para dirigir la Federación que según ella iba a limpiar, además de que engañó a toda la Vela Española en su Moción de censura. Pero que esta decisión parta, según el artículo del País, a instancias del CSD, deja al personal atónito, ya que el CSD era consciente de la irregularidad cometida por Rodríguez en el cobro de su ultimo año al frente de la RFEV, pues se tuvo denuncias sobre ello, y no hizo nada para remediarlo, (COMO TAMBIÉN LO ERA LA COMETIDA POR POMBO PARA DIRIGIR EL MUNDIAL DEL 2014, y tampoco hizo nada aparte de tener que declarar como testigo de la RFEV en el Juicio entablado por Pombo)

 

Lo mismo se puede decir con reacción a la Fundación Vela Española, sobre la que, Casanueva y el CSD, no han movido un solo dedo, ni una pestaña, para aclarar la desaparición de su capital. Raro, raro que sobre este asunto, el CSD no la haya instando para que lo denuncie, ¿será porque al CSD no le interesa?

 

En fin, esta es Casanueva en su estado puro, la que en la busca de avales para su investidura es capaz de lanzar proclamas que para ella ahora son inviables, a no ser que lo que dice al “País” lo quiera hacer a título personal, y con su dinero, lo que por otra parte no estaría mal.

 

Por todo ello, la declaración que Casanueva hace al “Pais”, además de ajustarse perfectamente al dicho popular “A BUENAS HORAS MANGAS VERDES”, nos lleva a preguntarnos, ¿Por qué no lo hizo cuando pudo y prometió? Con lo que una vez más se comprueba el engaño que el día 5 de octubre de 2014 realizó Casanueva para ganar la Moción de Censura.

 

La VELA no se merece una “presidenta” que miente.

 

J.F.M.J.O.

Articulo publicado en masmar.com el 12 11 2016.

http://www.masmar.com/esl/Vela/M%C3%A1s-Vela/Las-mentiras-de-las-cuentas-de-la-RFEV-presidida-Casanueva-del-2015,-aprobadas-en-la-asamblea-del-22-de-octubre Las mentiras de las cuentas de la RFEV presidida Casanueva del 2015, aprobadas en la asamblea del 22 de octubre.12 noviembre 2016 08:30:15 Hace unos días denunciaba públicamente las mentiras que, considero, contenían las cuentas del 2015 presentadas por Casanueva para su aprobación, o no, por la Asamblea del 22 de octubre, las que a pesar de las varias salvedades del auditor, la Asamblea no tuvo ningún reparo en aprobar, lo que les define y deja a los que lo hicieron, a la altura del betún.En el acta de la reunión de la Comisión Delegada del día 21 de octubre se hace constar lo siguiente: el Sr. Sanz ha manifestado que no hacer coincidir el balance con la realidad es un fraude”Lo que sí es un fraude, es que se haga constar en el balance presentado unos gastos que no se han producido en el 2015, y los que según las cuentas presentadas figuran como realizados, me refiero a las concentraciones de Tecnificación de los deportistas cántabros, que no han tenido lugar durante ni el 2015, ni durante los anteriores. Esto puede ser una falsedad documental, la que como dice el Sr. Sanz es un fraude, además de una posible desviación, no autorizada, de fondosAnalicemos el curioso caso de la “tecnificación de deportistas cántabros”: en el ejercicio 2015 se presupuestan unos gastos de 70.000€ fruto de un convenio con el Gobierno de Cantabria pero a la hora de desglosar los gastos se destina 25.000 a la actividad “I.- Alta Competición” y 45.000 a la actividad “VI-VII Gastos financieros”. En el informe mixto de actuaciones y cuentas presentado a la Asamblea en marzo de este año, en la Actividad no aparece gasto alguno de tecnificación de deportistas cántabros. No se han gastado en tecnificación de deportistas cántabros pero el dinero… ¿Dónde han ido los 25.000€?. En el informe de la Auditoria y en el informe mixto de actuaciones se reconoce que se han gastado 218.059,39€ más de lo presupuestado, un 9.02% más. Vayamos a la busca de los 45.000 restantes. En el informe mixto aprobado el marzo pasado por la asamblea no aparece referencia alguna de un gasto de 45.000€. ¿Dónde han ido? Curioso que también se reconocen en la auditoria y en el informe mixto que se han gastado 293.015,08€ más de lo presupuestado, un 475.22%(!!!) más. Resumiendo, se han escamoteado al “plácido” Gobierno Cántabro la bonita cifra de 70.000€. De todas las maneras algo se debía barruntar ya que para el año 2016 el Gobierno de Cantabria ha anulado la subvención a la RFEV para tecnificación de deportistas cántabros. No la recoge el Portal de Transparencia del Gobierno de Cantabria ni la RFEV RFEV (no lo recoge en el epígrafe de Convenios con la Administraciones públicas - http://www.rfev.es/uploaded_files/Convenios%20Administraciones%20P%C3%BAblicas%202016%20(2).pdf_1091_es.pdf)Pero la RFEV no se entera de que el “grifo” del Gobierno de Cantabria se les ha cerrado: el Presupuesto de 2016 aprobado en marzo de este año recoge un ingreso fruto de “Subvención del Gob. Cántabro” de 60.000€. Esta subvención según este presupuesto aprobado, se destina al “P-I Alta Competición” y más concretamente “Concentraciones de Tecnificación”. No acaba aquí la cosa: como resultado de dar a conocer el posible desvío de fondos para la tecnificación de deportista cántabros en 2015, en la documentación publicada por la RFEV para la Asamblea Extraordinaria del próximo 22/10/2016, el Seguimiento Presupuestario a 14/10/2016 - http://www.rfev.es/uploaded_files/Seguimiento%20Presup%20a%2014%20Octubre%202016.pdf_1222_es.pdf – las 6 últimas entradas a ese documento de “seguimiento” recogen unos gastos en la actividad “I Alta Competición- Tecnificación- Tecnificación Cántabra de 10.000€ cada una, es decir un total de 60.000€. (Entradas 16-242 a 16-247. Páginas 4 y 5.).Resumiendo cuando disponían de un dinero para tecnificación no se gastó en lo debido y cuando no se tiene se afirma que se ha gastado. Por favor, si aliguen lo entiendo que nos lo explique.Pero llama la atención que en esa actividad “I. Alta Competición” del mencionado documento de “seguimiento” no aparece mención alguna a los ingresos, aunque si vienen recogidos en los presupuestos de 2016. Si no aparecen ingresados debido a I.- Alta Competición…¿dónde están?¡Sorpresa! Los 60.000€ figuran en el Apartado “VIII -Act Centros EspecializAlt. Ren.” en la entrada “741 -Otras Subv, donac. y legados” junto con los 80.000€ que aporta el Ayuntamiento de Santander para la Escuela Municipal de Vela, (80.000 del Ayto. más los supuestos 60.000 del Gobierno de Cantabria: 140.000€). Pues bien: del total de los supuestos 140.000€ a fecha 14/10/2016 Casanueva afirma haber gastado solo 40.000€ .La Escuela de Vela lleva funcionando tres cuartas partes del año pero solo ha gastado la mitad.. Ahora bien, el año pasado a principio de octubre había 104 matriculados y a fecha de hoy 42. ¡Otro milagro económico de Casanueva!La ahorrativa presidenta/directora del CEAR, tampoco se han gastado nada de los 65.000€ que aporta la Autoridad Portuaria de Santander por “Establecimiento en Santander del Equipo Olímpico de Vela”. Hay que decir que eso es perfectamente explicable porque al Equipo Olímpico de Vela no le hemos visto por Santander más que para hacerse la foto antes de marchar a Río de Janeiro. Establecerse, establecerse no lo ha hecho, al menos en el CEAR de Santander. http://www.rfev.es/uploaded_files/Seguimiento%20Presup%20a%2014%20Octubre%202016.pdf_1222_es.pdf Página 12Resumiendo cuando disponían de un dinero para tecnificación no se gastó en lo debido y cuando no se tiene se afirma que se gasta; se tiene un dinero para una Escuela de Vela y para que el equipo olímpico esté en Santander y no se gasta. Los números de la Escuela de Vela y del Equipo Olímpico están a la vista. Que no se sorprenda que la Autoridad Portuaria de Santander le retire la subvención a la RFEV para el próximo año o el Ayto. de Santander revise el Convenio como se ha venido reclamado desde los grupos de la oposición municipal. Manipular las cuentas es reprobable y posiblemente punible, pero además, en este caso se intenta engañar a los propios asambleístas de la RFEV por partida doble. Semejantes hechos ponen en evidencia lo que consideramos la improvisación, el descontrol, la incompetencia y la mala fe de la actual directiva de la RFEV.” Desgraciadamente, continuara…J.F.M.J.O.

Articulo publicado en nauticadigital el 10 11 2016

 

 

 

 

http://www.nauticadigital.com/opinion/es-el-momento-del-cambio/

 

 

ARTURO DELGADO

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Arturo Delgado de Almeida. Ex-presidente de la RFEV, EUROSAF y ex-vicepresidente de la IYRU

 

 

 

el momento del cambio

 

Los medios de comunicación han divulgado extensamente la noticia de la “dimisión” del hasta ahora SED, Sr. Cardenal, con mayor o menor detalle. Entre la prensa escrita a la que he tenido acceso, me ha llamado la atención los comentarios benévolos hacía el “dimitido” , que parecen, en ambos casos por lo parecidos, una transcripción literal de una nota de prensa previamente divulgada. Además en su transcripción parece que en España no existen más que las Federaciones Españolas de Fútbol y Baloncesto, sin referencia alguna a todos los escándalos de dominio público habidos en otras federaciones españolas, empezando por la de Tenis, algo tan públicamente publicitado.

 

Pero mirar por donde, la noticia que publica El País,

 

http://deportes.elpais.com/deportes/2016/11/09/actualidad/1478717461_033919.html

 

hace referencia a otras Federaciones Españolas incluyendo la de Vela. No os la perdáis: A estas alturas resulta que la Sra. Casanueva declara que va a demandar a los anteriores gestores a instancias del CSD, “a buenas horas mangas verdes” que dice el refrán. ¿Es que no ha tenido ocasión de hacerlo antes cuando se la informó de lo que había desde que accedió a Presidente? ¿Qué es eso de que ahora se agarre a que el CSD la inste a estas alturas para que la Sra. Casanueva demande al Sr. Rodríguez (y por ende al Sr. Pombo, digo yo), cuando el nefasto SED dimisionario conocía a ciencia cierta desde finales del 2013 lo que estaba pasando? ¿A quién quieren engañar a estas alturas?

 

Siento decirlo, pero lo digo desde mi mayor respeto, que a la Sra. Casanueva hay que agradecerle los servicios prestados y toda su buena voluntad, es decir, que se prestara en echar al Presidente censurado para que no siguiera saqueando y por los esfuerzos por ella realizados tanto a nivel personal y familiar, pero ello no es suficiente, bien por su culpa o por los que la han estado rodeando, salvo alguna excepción, para dirigir a la RFEV como aquí ha quedado demostrado una vez más. Ha creado o dejado crear, muchos desaguisados, no solo con la clasificación de los regatistas para los JJOO entre otros siendo la última expresión de su incapacidad, el Calendario Electoral.

 

Necesitamos para Presidente a una persona con larga experiencia en la Vela como practicante y conocimientos como directivo, no nos basta con la buena voluntad.

 

Volveré sobre el tema.

 

Arturo Delgado

 

Articuo publicado en nauticadigital.com el 09 11 2016

 

 

 

http://www.nauticadigital.com/opinion/hoy-es-un-gran-dia-para-el-deporte-espanol/

 

Hoy es un gran día para el Deporte Español

 

 

 

ARTURO DELGADO

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Arturo Delgado de Almeida. Ex-presidente de la RFEV, EUROSAF y ex-vicepresidente de la IYRU

 

 

Para mí hoy es un buen día para el Deporte Español. El hasta hoy Secretario de Estado para el Deporte, Sr. Cardenal, ha dimitido antes de que lo cesaran. Ha tenido suerte, porque en un país en el que los políticos no se taparan unos a otros, a este personaje ya lo habrían cesado y pedido responsabilidades por su incompetencia y encubrimiento de las Federaciones Españolas que tanto han dado y siguen dando que hablar.

 

No se trata de hacer leña del árbol caído, pues es conocida mi animadversión hacía este personaje al que acogimos con esperanza, pero que enseguida demostró ser una persona incapaz para el desempeño del cargo, mayor que su antecesor, el Sr. Lissavesky, que ya es decir.

 

Bastante al final de su mandato fue cuando el Sr. Cardenal se preocupó de las dos Federaciones Española con más difusión, dejando a un lado otras con no menores y graves irregularidades financieras en proporción a sus posibilidades económicas, a sabiendas de lo que estaba pasando como es el caso de la Federación Española de Vela, al ponérsele en conocimiento de manera fehaciente todas las irregularidades y saqueo que se estaban cometiendo en su seno y siempre miró para otro lado sin tan siquiera investigar.

 

La responsabilidad última de lo ocurrido en dichas Federaciones Españolas y en particular en la de Vela es del CSD y por ende del Secretario de Estado ¿quién responde ahora del saqueo cometido por Pombo y Rodríguez que ha llevado a esta Federación a una situación de quiebra técnica? ¡Vaya auditorias complacientes, por llamarles “auditorías”! Siempre a gusto del ordenante, el CSD.

 

Esperemos que esta vez el Sr. Ministro del ramo acierte en el nombramiento. Necesitamos que el nuevo SED sea una persona capaz y flexible y que, aunque no derogue en su totalidad la caduca y vigente legislación deportiva, al menos la modifique de manera a permitir que cada Federación Española pueda establecer en sus Estatutos lo que sea más apropiado a su Disciplina Deportiva. Que se cuide muy mucho del destino de las subvenciones a las Federaciones Españolas, pero con mucho menos intervencionismo en la actividad de las mismas.

 

Señor Ministro: que no todo es Fútbol ni Baloncesto en este país, no nos obliguen a someternos a la normativa que crean necesaria para la regulación de estas disciplinas mayoritarias, por mucho que sean las de mayor difusión en España.

 

Como ya he manifestado en alguna ocasión, después del añorado Javier Gómez Navarro, y algo su sucesor, Rafael Cortés Elvira, los Secretarios de Estado en general han sido un desastre, fuesen del PP o del PSOE, la mayoría con gran desconocimiento de lo que es el Deporte Federado. No sigamos por esa senda, aprovéchese la entrada en el periodo que dice ser del “diálogo”.

 

 

Arturo Delgado de Almeida

 

Ex-presidente de la RFEV, EUROSAF y ex-vicepresidente IYRU

 

Articulo publicado en

 

 

 

http://deportes.elpais.com/deportes/2016/11/09/actualidad/1478717461_033919.html

 

 

CSD

 

Los expedientes de Cardenal a las ‘federaciones cortijo’

 

Durante su mandato, el exsecretario de Estado para el Deporte abrió informes sancionadores a una docena de dirigentes por mala administración

 

CARLOS ARRIBAS

 

9 NOV 2016 - 22:00 CET

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Miguel Cardenal, junto al expresidente de la FEB, José Luis Sáez, en el CSD en 2015. EFE

 

La Federación Española de Fútbol debe justificar aún ante el Consejo Superior de Deportes (CSD) el destino de unos ocho millones de euros de dinero público: cuatro millones proceden del 1% que perciben de la quiniela y otros cuatro fueron concedidos para diferentes proyectos que no se han realizado.

 

El organismo presidido por Ángel María Villar es uno de los ejemplos más utilizados para hablar de la cultura federativa española de derroche y mala administración con indicios a veces de delito, pero no es el único. Al modelo se le conoce como federaciones cortijo, porque en ellas el presidente actúa como si estuviera en su casa sin dar explicaciones a nadie y han sido uno de los objetivos de Miguel Cardenal, el presidente del CSD entre 2012 y 2016 que anunció el martes que no seguiría en el cargo.

 

Junto a la de fútbol, el CSD ha intervenido en 11 federaciones más, incoando expedientes sancionadores administrativos o enviándolos a juzgados de lo penal. Por orden alfabético:

 

MÁS INFORMACIÓN

 

 

Baloncesto

 

El Juzgado número 36 de Madrid ha abierto diligencias contra José Luis Sáez, expresidente de la federación de baloncesto, y contra otro directivo por presunta malversación y administración desleal. A Sáez se le acusa de usar en provecho propio y el de su familia, y a través de cuatro tarjetas de crédito, de fondos federativos sin control.

 

Bolos

 

El fiscal presentó una denuncia en el Juzgado número 11 de Madrid contra el expresidente de la federación de bolos, José Luis Boto, acusado de querer justificar en 2009 una subvención del CSD de 150.000 euros con una factura falsa.

 

Boxeo

 

Hace un par de meses, Andrés Martín Gaitán, presidente de la federación de boxeo, solicitó al CSD permiso para solicitar un préstamo bancario de 200.000 euros. Cardenal le respondió que cómo se atrevía teniendo en cuenta que la federación estaba en quiebra y que no había sido capaz de reducir deuda y recordándole que solo en viajes de la directiva, principalmente suyos, la federación se había gastado en dos años 148.000 euros, cuando tenía presupuestados 66.000. La carta podría ser el preámbulo a una apertura de expediente por mal control de gasto y mala gestión.

 

Caza

 

Andrés Gutiérrez Lara, presidente de la federación de caza, fue inhabilitado un año a comienzos de 2015 por “desobediencia grave” tras negarse a convocar las elecciones en 2012.

 

Fútbol

 

Un juzgado de Majadahonda abrió un procedimiento abreviado contra el presidente Villar, que, según el CSD, ha retrasado sin justificación el proceso electoral de la federación de fútbol. Villar se enfrenta, además, a una querella de Miguel Ángel Galán por prevaricación, malversación de fondos públicos, administración desleal y corrupción deportiva por alteración de la competición, en relación a los conocidos como casos Recreativo y Marino.

 

Kickboxing

 

El expresidente de la federación de kickboxing, Pedro Horcajo, tiene abiertas diligencias previas en dos juzgados de Alcorcón (Madrid). En uno se le investiga por supuesta administración desleal y apropiación indebida por uso de fondos federativos para viajes presuntamente personales; en el otro, acusado de apropiación indebida de bienes de la federación española, como un móvil y una furgoneta, y por transferencias de la española a la madrileña, federación que actualmente preside.

 

Pentatlón Moderno

 

La junta directiva de la federación de pentatlón moderno ha exigido a su presidente dimisionario Alejandro Soler Cabot responsabilidades por un gasto no justificado de unos 100.000 euros. Soler-Cabot admite haber gastado 60.000 y ha prometido devolverlo. El CSD estudia abrirle expediente por presunto uso indebido de fondos federativos. El 78,4% de los ingresos de su federación provienen de subvenciones públicas.

 

Rugby

 

El juzgado número 3 de Madrid ha admitido una querella penal de la federación de rugby contra su expresidente Javier González Cancho, quien dimitió en 2014 cuando la deuda acumulada de su administración superaba el millón de euros. La inspección del CSD detectó gestión incorrecta y falta de control del gasto.

 

Taekwondo

 

Un federativo denunció a la fiscalía anticorrupción la gestión de Jesús Castellanos Pueblas, presidente de la federación de taekwondo desde 2005 y a quien en junio pasado detuvo la policía en Alicante por presuntos delitos de blanqueo, malversación, apropiación indebida y administración desleal. El informe de anticorrupción detalla su proceder en diferentes epígrafes: sueldos encubiertos a directivos, alteración sistemática de las cuentas anuales, uso de facturas y justificantes de viajes falsos, dietas fraudulentas…

 

Tenis

 

El verano de 2015, el Tribunal Arbitral del Deporte (TAD) inhabilitó por dos años y ocho meses al entonces presidente de la Federación Española de Tenis, José Luis Escañuela. Dos años fueron por negarse a colaborar en la auditoría; siete meses por no dar las actas de la junta federativa que designó a Gala León capitana de la Copa Davis y un mes por el desvío sospechoso de 600.000 euros.

 

Tiro con arco

 

Tras 14 años en el puesto, Lorenzo Miret dejó en 2014 de ser presidente de la federación de tiro con arco después de que el TAD lo inhabilitara seis meses por irregularidades en su gestión e incorrecta utilización de subvenciones y fon dos privados: vínculos familiares directos como la contratación de todos los viajes a la agencia de una de sus primas, la adquisición de un vehículo de alta gama en el concesionario de otra de ellas, así como la asignación de un teléfono para el control de la página web a otro de sus hijos, dietas y gastos presentados en supuestas reuniones internacionales, que no se corresponden con su agenda y cargo a la federación del piso en el que vivía con su hija.

 

VelaLa presidenta de la federación de vela, Julia Casanueva, estudia presentar, a instancias del CSD, una denuncia en los juzgados penales contra el anterior presidente, José Ángel Rodríguez. A este, obligado a dimitir en junio pasado tras una moción de censura, se le imputa, entre otras irregularidades, una mala gestión, así como su elevado sueldo, unos 113.000, dentro de los que unos 50.000 son en concepto de gastos de representación