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Títulos para la Navegación Deportiva. Orden de 17 de Junio de 1997

Los títulos regulados en esta Orden no tienen carácter profesional y habilitan exclusivamente para el gobierno de embarcaciones de Recreo, que sean utilizadas como tales, no pudiendo realizar actividades de transporte de carga o de pasajeros que sean de pago ni las de pesca no deportiva.

Decreto P.E.R. Publicado en el B.O.E. fecha 3 de Julio de 1997

Orden de 17 de Junio de 1997 por la que se regulan las condiciones para el gobierno de embarcaciones de recreo.

Reglamento Internacional para prevenior abordajes en la Mar

Parte A: Generalidades
Parte B: Reglas de Rumbo y Gobierno
Parte C: Luces y Marcas
Parte D: Señales acústicas y luminosas
Parte E: Exenciones
Anexos

Banderas del Código Internacionañ de Señales. Breve historia

Este código, descendiente del primer código dictado por el British Board of Trade en 1855, cuya última revisión fue aprobada por la IMCO en 1965, tiene como objeto principal resolver las situaciones relacionadas esencialmente con la seguridad de la navegación y de las personas, especialmente cuando surgen dificultades con el idioma. Se puede utilizar por todos los medios de comunicación, incluso radiotelegrafía y radiotelefonía.