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SE RETRASAN LAS ELECCIONES EN VELA POR FALTA DE QUORUM PARA CELEBRAR LA ASAMBLEA - ARTICULO PUBLICADO EN WWW.IUSPORT.COM EL DÍA 10 08 2020

Articulo publicado en www.iusport.com el 10 08 2020

https://iusport.com/art/111163/se-retrasan-las-elecciones-en-vela-por-falta-de-quorum-para-celebrar-la-asamblea

Se retrasan las elecciones en vela por falta de quorum para celebrar la asamblea

EFE/IUSPORTLunes, 10 de Agosto de 2020

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Para que la Asamblea tuviese validez eran necesarios, según los estatutos, 39 asambleístas (un tercio del total), pero solo lo han hecho 35 (9 federaciones autonómicas, 13 clubes, 3 deportistas, 8 técnicos y 2 jueces).

La Asamblea General Extraordinaria de la Real Federación Española de Vela, convocada para este lunes por vía telemática, no ha podido celebrarse por falta de quórum; ni en primera, ni en segunda convocatoria.

Para que la Asamblea tuviese validez eran necesarios, según los estatutos, 39 asambleístas (un tercio del total), pero solo lo han hecho 35 (9 federaciones autonómicas, 13 clubes, 3 deportistas, 8 técnicos y 2 jueces).

La Asamblea, ya iniciados los trámites para el Proceso Electoral, se había convocado el pasado 9 de julio para evitar contradicciones entre lo determinado en la Orden ECD/2764/2015 por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones deportivas españolas y lo regulado en los artículos 71.2.a, 71.2.b y 71.2.c de los Estatutos de a RFEV, siendo necesario proceder a adecuar los mismos a la referida Orden.

Se tenían que modificar puntos de los estatutos sobre Federaciones Autonómicas, competiciones de clubes, deportistas, técnicos y jueces debido a los cambios de calendarios por la pandemia del COVID-19.

La propuesta de la RFEV para los deportistas (articulo 71.2.a) era: "los deportistas, mayores de edad para ser elegibles, y no menores de 16 años para ser electores, que en el momento de la convocatoria de las elecciones tengan licencia en vigor, expedida u homologada por la Real Federación Española de Vela, y la hayan tenido, al menos, durante la temporada deportiva anterior, siempre y cuando hayan participado en la temporada anterior en competiciones o actividades deportivas de carácter oficial y ámbito estatal o internacional."

Con la propuesta en el artículo 71.2.c. se establecen como elegibles y electores los que tengan licencia federativa de técnico, pues las federaciones solo emiten esas licencias a los titulados, en la presente temporada y en la anterior y que tengan actividad en la temporada anterior a las elecciones.

El texto propuesto es el siguiente: "los técnicos y jueces, mayores de edad para ser elegibles, y no menores de 16 años para ser electores, que en el momento de la convocatoria de las elecciones tengan licencia en vigor expedida u homologada por la Real Federación Española de Vela y la hayan tenido al menos durante la temporada deportiva anterior, siempre y cuando hayan participado en la temporada anterior en competiciones o actividades deportivas de carácter oficial y ámbito estatal o internacional"

Ahora se propondrá una nueva fecha para la celebración de esta Asamblea General Extraordinaria.