SE RETRASAN LAS ELECCIONES EN VELA POR FALTA DE QUORUM PARA CELEBRAR LA ASAMBLEA - ARTICULO PUBLICADO EN WWW.IUSPORT.COM EL DÍA 10 08 2020
Articulo publicado en www.iusport.com el 10 08 2020
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Se retrasan las elecciones en vela por falta de quorum para celebrar la asamblea
EFE/IUSPORTLunes, 10 de Agosto de 2020
Para que la Asamblea tuviese validez eran necesarios, según los estatutos, 39 asambleístas (un tercio del total), pero solo lo han hecho 35 (9 federaciones autonómicas, 13 clubes, 3 deportistas, 8 técnicos y 2 jueces).
La Asamblea General Extraordinaria de la Real Federación Española de Vela, convocada para este lunes por vía telemática, no ha podido celebrarse por falta de quórum; ni en primera, ni en segunda convocatoria.
Para que la Asamblea tuviese validez eran necesarios, según los estatutos, 39 asambleístas (un tercio del total), pero solo lo han hecho 35 (9 federaciones autonómicas, 13 clubes, 3 deportistas, 8 técnicos y 2 jueces).
La Asamblea, ya iniciados los trámites para el Proceso Electoral, se había convocado el pasado 9 de julio para evitar contradicciones entre lo determinado en la Orden ECD/2764/2015 por la que se regulan los procesos electorales en las Federaciones deportivas españolas y lo regulado en los artículos 71.2.a, 71.2.b y 71.2.c de los Estatutos de a RFEV, siendo necesario proceder a adecuar los mismos a la referida Orden.
Se tenían que modificar puntos de los estatutos sobre Federaciones Autonómicas, competiciones de clubes, deportistas, técnicos y jueces debido a los cambios de calendarios por la pandemia del COVID-19.
La propuesta de la RFEV para los deportistas (articulo 71.2.a) era: "los deportistas, mayores de edad para ser elegibles, y no menores de 16 años para ser electores, que en el momento de la convocatoria de las elecciones tengan licencia en vigor, expedida u homologada por la Real Federación Española de Vela, y la hayan tenido, al menos, durante la temporada deportiva anterior, siempre y cuando hayan participado en la temporada anterior en competiciones o actividades deportivas de carácter oficial y ámbito estatal o internacional."
Con la propuesta en el artículo 71.2.c. se establecen como elegibles y electores los que tengan licencia federativa de técnico, pues las federaciones solo emiten esas licencias a los titulados, en la presente temporada y en la anterior y que tengan actividad en la temporada anterior a las elecciones.
El texto propuesto es el siguiente: "los técnicos y jueces, mayores de edad para ser elegibles, y no menores de 16 años para ser electores, que en el momento de la convocatoria de las elecciones tengan licencia en vigor expedida u homologada por la Real Federación Española de Vela y la hayan tenido al menos durante la temporada deportiva anterior, siempre y cuando hayan participado en la temporada anterior en competiciones o actividades deportivas de carácter oficial y ámbito estatal o internacional"
Ahora se propondrá una nueva fecha para la celebración de esta Asamblea General Extraordinaria.