EXTEMPORÁNEA ALEGACIÓN DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE VELA AL TAD EN EL EXPEDIENTE SOBRE LA NULIDAD DE LAS ELECCIONES DEL 2012 - ARTICULO PUBLICADO EL DIA 25 11 2015
Articulo publicado el 25 11 2015
EXTEMPORÁNEA ALEGACIÓN DE LA REAL FEDERACIÓN ESPAÑOLA DE VELA AL TAD EN EL EXPEDIENTE SOBRE LA NULIDAD DE LAS ELECCIONES DEL 2012.
Cuando las elecciones del 2012 están en juego, la única alegación que la RFEV presenta ante el TAD en el expediente abierto por este Comité sobre ellas, es algo que puede herir la sensibilidad del lector, ya que lo que se envía al TAD puede ser un insulto a la inteligencia.
Lo que en la alegación se dice, no es ni más ni menos que lo siguiente: “Esta Real federación Española de Vela ha podido comprobar que en sus archivos consta copia del acta de la Junta Directiva de la RFEV de fecha 21 de septiembre de 2012, la cual se encuentra sin firmar y que aportamos como documento anexo”
Y ni corta ni perezosa la RFEV adjunta un documento que no tiene la firma del Presidente ni del Secretario, lo que es lo mismo que no enviar nada, o lo que puede ser peor, enviar un documento realizado para la ocasión (eso sí sin firmar).
Eso se puede desprender de los documentos oficiales que existen sobre la falta del acta de esa fecha y que han salido a la luz como consecuencia del procedimiento judicial que se siguió por la denuncia de Pombo contra la RFEV por su despido (procedente por cierto) del puesto que se había auto nombrado de Director del Mundial 2014.
Este documento consiste en un Certificado de fecha 21 de mayo de 2013 emitido por el Secretario General de la RFEV en el que indica: “Que, una vez examinados los archivos de esta Real Federación Española de Vela, no se encuentra ningún acta correspondiente a la fecha de 21 de septiembre de 2012 por reuniones celebradas del Comité Ejecutivo, ni de la Junta Directiva de esta real Federación”.
Pero no solo existe este documento que contradice lo alegado por la RFEV al TAD con relación al expediente abierto por ese Comité a las elecciones del 2012, sino que en otro escrito, esta vez remitido por el Subdirector General de Régimen Jurídico del Deporte con fecha 19 de mayo de 2015 al Juzgado de Instrucción nº 1 de Santander con relación a las Diligencias Previas 200/2014 que se siguen en Santander contra el ex Presidente y su Vicepresidente, en el que dice este funcionario del CSD dice: “Con fecha 14 de abril de 2015 se recibió en este organismo un oficio de fecha 9 de abril de 2015 de ese Juzgado de Instrucción solicitando la remisión de una copia certificada de la Junta Directiva de la Real Federación Española de Vela celebrada el 21 de septiembre de 2012.Posteriormente, con fecha 18 de mayo de 2015 hemos recibido un segundo requerimiento en el mismo sentido. En relación con dichos requerimientos se comunica que, una vez examinados los archivos de este organismo no consta tal documento.
Ello no obstante, y al considerar que dicha documentación pudiera obrar en poder de la Real Federación Española de Vela, una vez recibido el primer oficio se realizaron las gestiones oportunas para que la propia Federación remitiera la documentación solicitada. La Real Federación Española de Vela contestó al requerimiento a través de un escrito, de fecha 17 de abril de 2015, dirigido a ese Juzgado de Instrucción nº 1 informando de que, una vez examinados los archivos de la Federación, no se encuentra ningún acta correspondiente a fecha 21 de septiembre de 2012.”
Ambos documentos dirigidos a órganos Judiciales, demuestran fehacientemente que en los archivos de la RFEV, tanto en el año 2013 como en mayo de 2015 no existía ninguna acta de la reunión de la Junta Directiva; la que tampoco consta en la página web sobre las actas de la Junta Directiva de la Ley de Transparencia de la RFEV, las que están expuestas en el siguiente enlace: http://www.rfev.es/content/actas-junta-directiva . Pero hete aquí que ahora en la RFEV aparece un acta sin firmar.
Por lo que la lectura de estos documentos fehacientes se puede dar a pensar que el acta sin firma y remitido por la RFEV al TAD como alegación única al expediente abierto por este Comité (de garantías electorales) haya sido confeccionado ad hoc, lo que no sería la primera vez que esto sucediese en nuestra Federación, y tal y como pintan los documentos que prueban la inexistencia del acta, esta opción podría no ser descartable
En fin, estos son los mimbres con los que se movieron las elecciones del 2012, (obra del genio manipulador de las mismas) y que ahora traen de cabeza a los Federativos, que son capaces de encontrar actas sin firmar cuando nadie hasta ahora las había visto en los archivos federativos, pero sobre todo, el que hayan sido capaces de enviar a un Comité tan serio como es el TAD este sucedáneo de documento, además como alegación única al expediente sobre las elecciones del 2012, como diría el Sr. Trillo; “le manda…”.
Hubiese sido mejor que hubiesen enviado como documento una etiqueta de “Anis Udalla, el que lo toma estalla”, la que tendría el mismo valor probatorio que el enviado sin firma y recientemente “encontrado”.
Desgraciadamente continuara…
J.F.M.J.O.