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LA REFORMA DE LA ORDEN MINISTERIAL HABILITARÁ AGOSTO PARA TODAS LAS ELECCIONES FEDERATIVAS - ARTÍCULO PUBLICADO EN WWW.IUSPORT.COM EL DIA 04 06 2020

Articulo publicado en www.isuport.COM el 04 de junio de 2020

https://iusport.com/art/107618/el-csd-habilitara-agosto-con-caracter-general-para-las-elecciones-federativas

La reforma de la Orden ministerial habilitará agosto para todas las elecciones federativas

JOSÉ MIGUEL FRAGUELAJueves, 04 de Junio de 2020

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Irene Lozano ha confirmado que modificarán la Orden para habilitar con carácter general el mes de agosto

El 7 de mayo, el Consejo Superior de Deportes (CSD) trasladó a las federaciones su disposición a ofrecer facilidades para el desarrollo de sus procesos electorales, como la posibilidad de habilitar agosto como mes hábil o facilitar convocatorias de forma telemática.

Pues bien, este jueves hemos sabido que, frente a la idea inicial de que cada federación solicitara al CSD la autorización para poder celebrar las elecciones en agosto, el organismo está trabajando en una fórmula general, que es lo lógico, con la que habilitar a todas las federaciones para poder utilizar este mes del año, mes que, como es sabido, no está permitido por la orden ministerial reguladora de las elecciones federativas.

Irene Lozano ha confirmado este jueves que están trabajando en una reforma de la citada orden ministerial en el sentido de incorporar esta cuestión y algunas otras, como la posibilidad de celebrar asambleas por videoconferencia, cambios lógicos dada la crisis sanitaria y el aplazamiento de los JJOO de Tokio.

Se evita así trasladar el problema a las federaciones, las cuales, en otro caso, tendrian que solicitar las excepciones al CSD y, una vez autorizadas por su presidenta, incorporarlas a sus reglamentos electorales, que a su vez tendrían que ser aprobados por las comisiones delegadas de las federaciones y elevarse a la comisión directiva del CSD para su aprobación definitiva, previo informe del TAD.

Como es sabido, la orden ministerial que regula las elecciones federativas (Orden ECD/2764/2015, de 18 de diciembre) contempla como inhábil el mes de agosto.

Dice la Disposición adicional segunda de la Orden:

"Período inhábil para la presentación de candidaturas o celebración de elecciones. El mes de agosto, así como el período comprendido entre el 20 de diciembre y el 6 de enero y los cinco días hábiles anteriores y posteriores al Jueves Santo no se considerarán hábiles a los efectos de presentación de candidaturas o celebración de votaciones"

Es evidente que desde el momento en que se aplazaron los JJOO, hecho que se produjo a finales de marzo pasado, el CSD, que estuvo raudo al avisar a las federaciones de que tal aplazamiento a 2021 no iba a influir en los procesos electorales a celebrar este año, debió iniciar los trámites de una nueva orden ministerial en el sentido que antes indicamos.

Parece que han reaccionado y van a modificar la orden. Nunca es tarde si "la dicha llega".

Dicho esto, queremos pensar que el expediente ya estará avanzado, ya que no se modifica una orden ministerial en días ni en una semana. La tramitación es larga y compleja: consulta pública, audiencia a federaciones e informe jurídico son, entre otros, trámites imprescibdibles a cumplimentar y eso no se completa en menos de un mes y por la vía de urgencia.

Aunque parezca un contrasentido, se aprueba antes un decreto-ley que, como su nombre indica, tiene rango de ley, por lo que tampoco descartamos que el Gobierno incluya "de paso" alguna disposición adicional sobre este asunto en uno de los tantos decretos leyes que está promulgando durante la crisis.