Portada ›› Blogs ›› La Vela por Chiqui ›› CONTESTACIÓN DE JOSE ÁNGEL RODRÍGUEZ SANTOS AL ESCRITO DE DENUNCIA DE JULIA CASANUEVA - ARTICULO PUBLICADO POR WWW.ABC.ES/VELA EL DÍA 25 092015

CONTESTACIÓN DE JOSE ÁNGEL RODRÍGUEZ SANTOS AL ESCRITO DE DENUNCIA DE JULIA CASANUEVA - ARTICULO PUBLICADO POR WWW.ABC.ES/VELA EL DÍA 25 092015

Articulo publicado por

http://www.abc.es/vela/reportaje/contestacion-de-jose-angel-rodriguez-santos-al-escrito-de-denuncia-de-julia-casanueva/

Contestación de José Ángel Rodríguez Santos al escrito de denuncia de Julia Casanueva

IMG_00862-e1443180604932

El Presidente de la Española argumenta ante el CSD las acusaciones de las que ha sido objeto por parte de la Presidenta de la Cántabra

PEDRO SARDINA / MADRID
25/09/2015 - 13:47 H.

Escrito completo de José Ángel Rodríguez Santos al Consejo Superior de Deportes defendiéndose de las acusaciones de Julia Casanueva. No tiene desperdicio y aquí la vela si tiene documentación para “colgar del palo mayor” al presidente o para desenmascarar de una vez por todas a Casanueva. El documento entró en el CSD el pasado martes por la tarde y a estas horas, estas contestaciones deben de estar en manos de la parte de la Asamblea que ha interpuesto la Moción de Censura. Este escrito va acompañado con facturas, contratos y datos que documentan las respuestas de Rodríguez Santos y que también obran en poder de ABC de la Náutica.

AL SUBDIRECTOR GENERAL DE RÉGIMEN JURIDICO DEL DEPORTE

Referencia: Denuncia D09/2015

Recibido en la Real Federación Española de Vela (RFEV) oficio de ese organismo de fecha 10 de septiembre de 2015, sobre el asunto de referencia, respondo al requerimiento en el formulado mediante el presente

INFORME

Me referiré en el mismo orden a las cuestiones planteadas en el escrito de denuncia.

 

  1. 1. Presupuesto 2.015 y Liquidación 2.014 sin aprobar/salario del Presidente. (son dos asuntos):

 

Presupuesto 2.015 y liquidación 2.014: La denunciante se queja de que la “Asamblea General Ordinaria de Mayo 2014” no aprobó dichos estados contables, pero es que la liquidación del ejercicio 2.014 no está disponible en el mes de mayo del propio ejercicio, no digamos los presupuestos del ejercicio siguiente 2.015. Por tanto, es evidente que ni se presentaron a la aprobación de la Asamblea ni esta los rechazó.

 

  1. La cuestión de si la remuneración del presidente ha estado correctamente aprobada por la Asamblea, ya ha sido dirimida por el Tribunal Administrativo del Deporte que falló en sentido positivo sobre esta cuestión, considerando que la retribución del presidente fue correctamente aprobada. (Expediente Tribunal Administrativo del Deporte núm., 247/2014 adjunto resolución DOC 0). Esta resolución es perfectamente conocida por la denunciante, ya que formaba parte de la Junta Directiva mientras se dirimía este asunto, por lo que ya desde el principio de su escrito pone de manifiesto su mala fe al reiterarlo.

 

1.2. Responsabilidad del Presidente:

La denunciante descalifica la gestión del presidente en bloque formulando una opinión personal de naturaleza política que no funda en ningún dato objetivo que quepa contrastar, y sin embargo deslizando los conceptos de dolo o culpa, para evocar otro tipo de responsabilidades. En todo caso, debe llamarse desde el principio la atención sobre el hecho de que la denunciante no denunció ni manifestó ningún reparo desde el cargo de vicepresidenta primera de la entidad, cargo que desempeñaba cuando tuvieron lugar los hechos que relata. La denuncia sólo se presenta una vez que ha sido cesada del cargo de vicepresidenta primera, lo que, unido a la falta de concreción de las supuestas irregularidades, permite albergar serias dudas sobre si la denuncia no está en realidad motivada exclusivamente por un torticero ánimo vindicativo.

La denunciante descalifica el sistema de control económico de la RFEV, afirmando que no se cumple el Código de Buen Gobierno ni el Manual de Procedimientos. Está afirmación es lisa y llanamente falsa, como lo acreditan los informes de auditoría sin salvedades de los ejercicios 13 y 14 de mi responsabilidad, el control presupuestario y de gestión de la Subdirección de Inspección Financiera del CSD y el comité de auditoría de la RFEV. Y como lo acredita también el procedimiento descrito a continuación

1.3. Control Financiero y de gestión:

1. Las decisiones económicas de la RFEV, las toman los responsables de los diferentes centros de gasto (equipo olímpico, CEAR, Secretario General, etc.) con arreglo al presupuesto aprobado por la Asamblea y por el CSD. La autorización de un gasto o pago implica la intervención de un mínimo de 3 personas. El responsable del gasto en todo caso, el Gerente que acredita la existencia de presupuesto para cubrirlo y que es el responsable de la contabilidad y el Vicepresidente Económico. Este último como miembro del cuerpo de Interventores del Estado, está especialmente cualificado para el control económico que su cargo implica. Su labor, por cierto no retribuida en ninguna forma, está completamente ausente de cualquier decisión de gestión y centrada exclusivamente en el control de legalidad de los actos de contenido económico de la Federación. Para despejar cualquier duda, el Manual de Procedimientos elaborado por esta presidencia, y aprobado por el CSD, señala expresamente que en ningún caso, la autorización de gasto o la realización de un pago se llevará a cabo con la firma exclusivamente de Presidente y Vicepresidente, principio que se ha llevado a rajatabla en el control económico de la RFEV en este período. Caricaturizar y descalificar este sistema de control como hace la denunciante, que lo conoce a la perfección, sólo puede hacerse desde la más recalcitrante mala fe, que es el fundamento de las siguientes falsedades.

 

  1. El Comité de Auditoría se ha convocado y reunido regularmente, y la denunciante lo sabe porque ha conocido sus informes en la Junta Directiva a la que pertenecía.
  2. La denunciante descalifica malévolamente la función del Secretario General que como profesional de la vela, merece otro respeto que el que se le censure, sin otro fundamento que “es evidente que no ha actuado correctamente”.
  3. La denunciante se queja de falta de información como miembro de la Junta Directiva. La falsedad de ésta afirmación está contrastada en el propio escrito, a la vista de los numerosos contratos y facturas que lo acompañan, habida cuenta de que todos esos contratos y documentos, y cualquiera otro que hubiera solicitado, le fueron facilitados atendiendo a su requerimiento de información, cuando tuvo a bien hacerlo.
  4. Plantea “fundadas” sospechas de irregularidades fiscales sin concretar en que se fundan, por lo que las sospechas se califican, por eso mismo, como “infundadas”
  5. Plantea cuestiones contradictorias: Por un lado, denuncia el incumplimiento de la Ley de transparencia por la publicación de un contrato de servicios y a continuación reclama que sean publicados todos los contratos de servicios.

 

1.4. GESTION ADMINISTRATIVA Y FINANCIERA DEL MUNDIAL DE VELA SANTANDER 2014

1. En general

De nuevo, la denunciante manifiesta una opinión infundada, en la medida que no la funda en datos concretos. Hay que repetir que la denunciante era la Vicepresidenta Primera de la RFEV durante la celebración del evento señalado y además Presidenta de la Federación Cántabra de Vela y miembro del Comité Organizador del campeonato, de forma que su presencia y responsabilidad en la gestión del evento fue constante y evidente, por más que, a raíz de su cese, quiera mostrarse ajena a cualquier vinculación.

El mundial de vela, ha sido un evento contratado en la legislatura anterior, que, desde un presupuesto cercano a los 15 millones de euros, ha debido celebrarse en un entorno de recortes con un presupuesto de 6,5 millones de euros. Interesa destacar la magnitud del evento, la asistencia de 1200 deportistas, 600 entrenadores, 850 embarcaciones, 523 personas formando parte de la organización, se sirvieron 25.000 servicios de catering y presenciaron el evento casi 350.000 visitantes entre las que dimos tratamiento de VIP a unos 800. La RFEV ha recibido por ello, felicitaciones oficiales tanto de la ISAF (organismo titular), como de patrocinadores además del Ayuntamiento de la ciudad anfitriona, Santander, que cifra en 37 millones de euros la repercusión para la ciudad de la celebración del evento.

Toda la organización ha recaído sobre los medios materiales y personales de la RFEV, que no está ni orientada ni dimensionada para desarrollar esa labor lo que ha supuesto un esfuerzo extraordinario para la entidad en todos los sentidos.

Dicho esto pasemos a analizar los aspectos destacados por la denunciante que giran todos alrededor de los celos de la denunciante por la participación de Rosa García en el evento (magnificando su relevancia en el evento, como destinataria de “varios de los contratos más relevantes del mundial de vela”, cuando, en realidad, el volumen de operaciones relacionado no llega al 0,6% del gasto total) y en la frustración de sus expectativas en los asuntos del merchandising y del catering.

1. Adjudicación de contratos Aerolite sails y Rosa Garcia Miro:

Este punto debe ser objeto de una exposición de antecedentes. La denunciante, como otros perversos personajes anónimos en actuaciones que han sido objeto de denuncia ante los Juzgados de Madrid (que adjunto, DOC 1), como parte de una campaña de desprestigio personal contra el presidente de la RFEV, da por hecho que existe una “relación muy cercana” al presidente, de Doña Rosa García, queriendo decir, sin duda, que son amantes. Además de ser mentira, la aviesa imputación de tal conducta afecta a su honor y derecho a intimidad, les perjudica a ellos y a sus familias. Al mismo tiempo, la acusación de la denunciante de que el presidente ha favorecido a Doña Rosa García no es si no otra forma, rastrera, de acusarle de obtener un beneficio, siquiera indirecto de su cargo. Propagar estas falsedades da la medida de la calaña de la denunciante. Y también de la calaña de sus “mariachis” quienes, mientras se celebraba el evento, enviaron repetidos anónimos al Presidente exigiendo el cese inmediato de Doña Rosa García, quién estaba suponiendo un obstáculo a las prebendas que pensaban repartirse a costa del mundial algunos personajes residentes en la ciudad organizadora, bajo amenaza de remitir a sus cónyuges y familiares la supuesta relación.

Como quiera que no cedí al chantaje, les fueron enviados sendos anónimos, en el mes agosto a la hija, menor de edad, de Doña Rosa García y a mi esposa en el mes de enero de 2015, quienes, por supuesto no dieron ningún crédito a tales patrañas. Las amenazas de entonces se ejecutan de nuevo a través de las calumnias e injurias que ahora se están materializando en esta denuncia.

Por cierto, la actuación de Doña Rosa García en la organización del campeonato del mundo como coordinadora entre el Ayuntamiento de Santander y la RFEV estuvo propiciada por el propio Ayuntamiento (ver email adjunto DOC 2). Por lo demás, los contratos y facturas que cita la denunciante y que frustraron sus indignas expectativas, figuran registrados en la contabilidad de la RFEV y han sido objeto de auditoría sin salvedad alguna. (Adjunto auditoría de BDO sobre las cuentas del Mundial DOC.3)

Además, la afirmación de la denunciante de que la empresa Aerolite carece de vinculación con la vela, es ridícula y lo que demuestra en realidad es la poca vinculación de la denunciante con este deporte. Aerolite Sails, S.l., está constituida en el año 2005 y su administrador es D. Francisco José Igual Ros, que ha trabajado para la RFEV y para la Federación Catalana de Vela desde el año 1987, tanto como entrenador olímpico (tabla mistral femenina de Mireia Casas en los JJ.OO. de Barcelona y de Fiona Morrison en los de Atlanta), como en otros menesteres. Su vinculación a la vela se reafirma por ser Campeón del Mundo en el año 1999 de RaceBoard. Clase que, por cierto, navega con velas diseñadas y confeccionadas por esta empresa, siendo campeonas (las velas) del mundo desde hace veinte años consecutivamente. De dicha empresa su esposa Doña Rosa García es apoderada. AEROLITE SAILS, es proveedor de la RFEV desde 2.010, antes por tanto, de mi elección como presidente. (Adjunto modelos 347 DOC. 4)

c. Convenio de autorización de uso de logotipos entre la RFEV y Aerolite sails,s.l.

Procede exponer los antecedentes del contrato. Para la contratación del merchandising del Mundial se convocó concurso (adjunto convocatoria DOC 5) a finales del año 2012, antes de mi elección como Presidente, que quedó desierto. Hasta noviembre de 2013 no se recibió ninguna oferta, ésta de AEROLITE SAILS, (adjunta DOC. 6), que se aceptó, autorizando, que no cediendo, el uso del logo de la RFEV y del Mundial Santander 2014, para la elaboración de los productos en cuestión (Contrato adjunto DOC.7).

Antes de su entrada en vigor, a finales de febrero de 2.013 la denunciante propuso para este cometido a Agustín Ruiz Cotorro, proveedor habitual en la Federación Cántabra, quien presentó una oferta (adjunta DOC. 8 ). Ante la pertinaz insistencia de la denunciante a favor de su recomendado y a pesar de que se recibieron informes negativos de la solvencia del Sr. Cotorro, acordamos contratar con él, rescindiendo parcialmente el contrato con Aerolite, que se avino a ceder la autorización de uso del logo del Mundial Santander 2014, aunque asegurando por nuestra parte, por si acaso los rumores eran ciertos, el suministro de los productos, manteniendo la participación de Aerolite. (Ver Contrato adjunto DOC. 9).

El Sr. Cotorro incumplió de plano este contrato, sin aviso ni comunicación de ninguna clase, entendiendo por lo visto que no tenía que dar cuenta a la RFEV. Puede presumirse a quién estaba rindiendo cuentas en realidad. En el momento en que hubo confirmación de que se estaba comercializando la marca “Mundial Santander 2014” sin ningún control de la RFEV, incluida la ropa servida y puesta a la venta en la carpa de la Federación Cántabra de Vela, de la que la denunciante es presidenta, denunciamos el contrato firmado con el Sr. Ruiz Cotorro (adjunto copia DOC 10), impidiendo de esa forma la obtención de un pingüe e ilícito beneficio, y frustrando las expectativas de la denunciante, lo que sin duda contribuye decisivamente a motivar su denuncia.

En un ejercicio de extrema hipocresía, la denunciante inquiere por el destino de 30.000 euros relacionados con este asunto, sabiendo de sobra que es la cantidad que el Sr. Cotorro debía abonar en beneficio de la RFEV y que éste nunca desembolsó. (Ver Cláusula segunda del contrato adjuntoDOC. 9, en relación con el material relacionado en el Anexo 3).

d. Contrato de prestación de servicios

La denunciante se refiere a la puesta en marcha de una tienda on-line para la venta y comercialización de los productos de merchandising de la RFEV y del Mundial Santander 2014. De nuevo desliza una falaz mentira disfrazada de verdad, cuando señala que se contrata una comisión del 50% de las ventas lo que considera claramente abusivo. La realidad es que la comisión es del 50% del importe de los beneficios netos, lo que es muy distinto. El acuerdo consiste en que la RFEV obtiene un 50% de los beneficios netos de la venta sin gasto, ni inversión alguna, exceptuando el diseño y apertura en Internet de la propia tienda ON-line.

e. acuerdo de colaboración con Aerolite para la comercialización de las lanchas para el mundial de vela

Este es otro ejemplo de la retorcida mala fe de la denunciante, que es capaz de formular la grave acusación de que se han desviado fondos a favor de una persona, a quien ella misma difama considerándola “vinculada”, sin que exista una adquisición de bienes o una prestación de servicios que lo justifique, cuando le consta que la acusación es absolutamente falsa, porque no hay peor mentira que una verdad a medias.

Efectivamente, Se firmó un acuerdo (adjunto DOC. 14) después de estudiar varias ofertas para el suministro de lanchas (Adjunto ofertas DOC. 11, 12 Y 13). Llegado el momento de su utilización, es cierta la media verdad de que no llegaron a tiempo y que se facturaron, pero oculta maliciosamente la denunciante que las facturas fueron objeto de abono íntegramente y que, por tanto, no hay desvío de fondos. Lo oculta a sabiendas de que es así porque se le facilitaron copias de todos los documentos, los que enseña y los que oculta.

(Facturas números: 2014-40 por un importe de 3.012,90€, 2014-130 por un importe de 6.025,80€ y 2014-75 por un importe de 4.452,80€ lo que hace un total de 13.491.50€, que fueron abonados mediante la factura de abono número 2014-17 por el mismo importe facturado: 13.491,50€ , se adjuntan las facturas referidas DOC 15)

 

  1. contrato de prestación de servicios con Doña Rosa García.

 

Este contrato, al igual que otros firmados con otras entidades, como FAN Consulting, que más adelante se cita, tiene por objeto la prestación de servicios consistente en la obtención y servicios a los patrocinadores comerciales (Diseño y desarrollo del Plan VIP) y donaciones para la actividad del Mundial Santander 2014, en régimen de libre concurrencia sin que se otorgue por parte de la RFEV exclusividad. De forma que sólo se devengaba la comisión cuando se hubiera hecho efectivo el ingreso por patrocinio o la donación y en esta actividad concurría quien estuviera en disposición de obtener tal patrocinio o donación. En contra de lo que afirma la denunciante, sólo se han facturado las siguientes cantidades:

 

  1. Fra 2001/14, 31 de julio por un importe de 30.000.-€, comisión por la aportación de Loterías del Estado.
  2. Fra 2002/14, 4 de septiembre por un importe de 600.-€, comisión por la aportación de Coca Cola.

 

iii. Fra 2003/14, 12 de septiembre por un importe de 15.000.-€, comisión por la aportación de Freixenet.

No habiendo facturado ni percibido más cantidades dimanantes de las obligaciones contenidas en este contrato. Y no habiendo percibido ninguna otra retribución por su colaboración en el mundial.

(Se adjuntan las facturas y declaraciones fiscales DOC. 16 y el plan VIP DOC. 17 )

Adjudicación de contratos con presuntas irregularidades

1. Contrato de Nexo. Es un contrato vinculado a un convenio con el Ayuntamiento de Santander y con la concesión de determinadas donaciones por parte de empresas privadas que implicaban como condición la suscripción con las empresas designadas por él de un “plan de medios” destinado a la publicidad del evento. (Ajunto contrato y diversas ofertas DOC. 18)

1. Contrato Todo regatas, s.l.: No existe contrato con esa empresa. En todo caso esta empresa desarrollo en febrero de 2014 y tiene el hosting de la Página WEB de la Tienda on-line. Por otra parte durante el mundial nos suministro de equipaciones oficiales del Mundial Santander 2014 (Voluntarios, Staff, VIP, merchandising, etc.) cuando el Sr. Ruiz Cotorro incumplió su contrato. Siendo las primeras facturas de estos conceptos en 12/09/2014 con la competición ya iniciada.

1. Catering DELUZ (MACALUPA, S.L.). La denunciante, que es residente en Santander, propuso otras empresas de su confianza, pero ninguna cumplía con los requisitos del evento, además de, en algún caso, solicitar un aval de 250.000.-€. Los datos de servicio y facturación constan en la contabilidad. (Se adjuntan las ofertas recibidas. DOC. 19.1, 19.2, 19.3)

 

  1. Contrato Grupo Panorama: Ya se ha informado cumplidamente a la Subdirección de inspección del CSD de que, al día de la fecha, no existe ninguna obligación pendiente con Vicente Robles y ninguna de las empresas que utiliza para sus servicios.

 

1. Contrato Fan Consulting: Se refiere a un contrato de comisión semejante al señalado más arriba. El resultado de sus gestiones ha sido muy deficiente sin apenas resultados prácticos para la RFEV por lo que, aunque efectivamente existe una demanda interpuesta contra la RFEV, la consideramos infundada.

 

  1. Contrato Atenea, s.l.: De nuevo los deleznables infundios sobre la relación con la señora descrita, sin que quepa discernir en este punto que es lo que denuncia.
  2. Contrato Federación Gallega de Vela. La operación con este ente está correctamente registrada, la crítica a su oportunidad es de naturaleza política, no disciplinaria.

 

Deudas derivadas del mundial de vela

Walnuters. Reclamación por vía judicial que la RFEV considera absolutamente infundada.

 

  1. Miguel Angel Martín: la denunciante afirma que existe una deuda de la que no tenemos constancia.
  2. Nexo: Ya visto en el párrafo 7.a. Consideramos, y así consta en la contabilidad, que esta reclamación es improcedente porque disponemos de documentación que permite compensarla con una donación de un periódico de Santander. El auditor, no obstante, ha considerado una incertidumbre en la donación y lo ha hecho constar en su informe.
  3. Sailing Santander: la RFEV está examinando la procedencia de este cargo dado que el contrato suscrito con esta empresa lo era a coste “0” (se adjunta contrato DOC 23). Como de los que la denunciante dice esperar de pequeños proveedores y acreedores por prestación de servicios: Ante lo que cabe señalar que dado que el evento tuvo lugar hace un año, no parece muy probable que “pequeños proveedores” esperen hasta ahora para insinuar su crédito, por lo que esta referencia sólo pretende aumentar la incertidumbre y el descrédito de la RFEV.
  4. Varios Mundial Santander 2.014

 

1. La denunciante formula cuestiones, aventura presunciones, y manifiesta ignorar detalles del funcionamiento de algunos servicios. Dada la magnitud del evento, nadie está en condiciones de conocer y dar cumplida cuenta de cada detalle, salvo que se acerque a los registros y contabilidad de la RFEV y haga un seguimiento de los puntos que considere más relevantes. La denunciante hizo esto precisamente, y se pusieron a su disposición todos los datos y antecedentes que tuvo a bien requerir. La prueba de ello son los contratos y facturas que aporta como anexos a su escrito de denuncia. Ahora bien, es imposible contestar a estas inconcretas sospechas fundadas meramente en que:

 

  1. Entiende que “sería conveniente comprobar el inventario”. (Adjunto inventario DOC. 21)
  2. Ignora cómo se gestionó la carpa de la RFEV en el mundial de Santander.
  3. Afirma tener “conocimiento” de un pago que no es cierto y de una facturación a los patrocinadores que es falsa, así como desconocer las “particularidades” de la equipación de los voluntarios en el evento.

 

Igual que en casos anteriores existe un informe de la empresa auditora BDO (DOC. 3)sobre estos aspectos.

 

  1. Liquidación Rappels de El Corte Ingles:

 

La falsa acusación de alquilar un chalet privado se basa en tan sólida prueba como que “tenemos conocimiento”. La bajeza de la denunciante no tiene límites y a lo largo del escrito se pone repetidamente de manifiesto. De nuevo hace referencia a “su acompañamiento” por si la infamia referida más arriba en 4.b. no hubiera quedado clara. Basta comprobar la liquidación de esta entidad para acreditar la falsedad de la denuncia.(Adjunto liquidación de Viajes el Corte InglésDOC. 20)

5. NOMBRAMIENTO DE ORGANOS

 

  1. Existe constancia documental de la constitución del Comité Ejecutivo y Actas de las decisiones por este órgano tomadas, por tanto las afirmaciones de la denunciante no tiene fundamento. (Adjunto Acta de Constitución de este Comité DOC. 22)
  2. Existe un Comité de Auditoría nombrado desde 2013, en contra de lo que afirma la denunciante. Su composición figura en la página Web de la RFEV.
  3. 6. DESPIDO DE RAFAEL MUNILLA

 

La cancelación del contrato de prestación de servicios con D. Rafael Munilla, presidente de la Federación Vasca de Vela, fue una decisión impuesta por la ISAF y el Ayuntamiento de Santander. Es discutible su oportunidad y conveniencia pero, en todo caso, se hizo con todo respeto a las normas legales y estatutarias. Es falso, y un clavo más en la cruz de la ignominia y la infamia a la que está subiendo la denunciante, que se contratara en su sustitución a la señora que cita.

 

  1. 7. ABUSO DE PODER, FALTA DE REPRESENTACION Y DEJACION DE FUNCIONES

 

Utilización del CEAR de Vela para su familia y amigos: En la línea de degradación personal de la denunciante, es falso de toda falsedad tanto no sólo que hayan utilizado el CEAR si no que ni siquiera mi familia ni mis amigos hayan hecho acto de presencia en el campeonato.

 

  1. Incomparecencia en regatas: La denunciante manifiesta “tener conocimiento” hasta de las reservas de tren y hotel del presidente, por lo que su reiterada protesta de carecer de toda información de la RFEV no parece muy seria. El hecho de que se ahorre en los gastos de desplazamiento, por causa de las restricciones presupuestarias que atraviesa la RFEV y achacarlo a que no se da la importancia debida a los eventos deportivos, es otra prueba, otra más, de acusación infundada.

 

Espero que con este informe se haya dado respuesta a las cuestiones indecentemente planteadas por la denunciante, en el marco de una operación de acoso y derribo personal en la que los participantes no han tenido el más mínimo respeto ni a la verdad, ni al honor de las personas que han injuriado injustamente ni a la dignidad de la institución que represento por voluntad de sus miembros.