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¿SERÁ POLÉMICA LA ASAMBLEA GENERAL ORDINARIA Y EXTRAORDINARIA DE LA RFEV?. RAZONES PARA ELLO. - ARTICULO PUBLICADO EN MASMAR.NET EL DIA 28 05 2015

articulo publicado en masmar.net el 28 05 2015

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¿Será polémica la Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la RFEV?. Razones para ello.

 

28 mayo 2015 17:32:20

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Existen razones poderosas para no poder aprobar los puntos del orden del día de las Asamblea General Ordinaria y Extraordinaria de la RFEV convocada para el día 6 de junio de 2015, indicando aquí lo que desde luego a primera vista no corresponde a la realidad.

 

En el punto 1 del Orden del Día que se corresponde a la aprobación del Acta del 2014, decir que no es de recibo que esta se conozca por primera vez el día que se convoca la Asamblea del 2015, es decir 15 días antes de la misma; pero aun y con esto, la lista de asambleístas que estuvieron en la del 2014 es incorrecta pues no todos los nombres que se incluyen como asistentes en el Acta que se presenta para su aprobación asistieron esa reunión.

 

 

Por otra parte la aprobación del sueldo del Presidente el año 2014 no constaba en el Orden del Día de aquella convocatoria, por lo que no podía aprobarse en ella y mucho menos puede aprobarse la redacción que tiene el Acta con relación al sueldo y condición de profesional, entre otras cosas porque el artículo 26 de los Estatutos federativos nada dicen sobre la condición Profesional del Presidente, como tampoco lo dicen el artículo 17,5 del R.D 1835/1991 de 20 de diciembre, siendo el punto cuatro de aquella Asamblea que ahora se pide aprobar el Acta extemporáneo ya que lo que dice el Acta está incorrectamente incluido en el punto 4 de aquella Asamblea y este punto íntegramente votado en contra por tres Asambleístas.

 

 

En el punto 2 del Orden del Día no se adjunta el informe de la Comisión Delegada, con lo que los Asambleístas no conocerán el informe de dicha Comisión hasta el mismo momento que se trate de ese punto.

 

 

En cuanto a las cuentas presentadas, carecen de la obligada Auditoria que la Ley del Deporte obliga a todas las FFEE antes de someterlas a aprobación por la Asamblea (Ley 10/1990 art. 36,e) y sabido es que no fueron aprobadas por la Junta Directiva en su reunión del 23 de abril (caso único en la historia de la RFEV).

 

 

La partida que aparece en el detalle de deudores referente al Diario Montañés por un importe de 90.000 euros es completamente ficticia, ya que esta empresa no tiene, ni ha tenido nunca compromiso alguno con la financiación del Mundial del 2014. Por otra parte no aparecen las cantidades adeudadas a Panorama por los trabajos realizados para la RFEV durante el año 2014. Tampoco aparecen las comisiones cobradas por Rosa García Miro durante el Mundial. Siendo excesiva la cantidad que por el alquiler de las embarcaciones de salvamente que la Gallega aporto al evento, así mismo son excesivos los gastos de catering que figuran en el mundial.

 

 

Siguiendo con las cuantas del 2015 decir que: al Secretario General le cargan su sueldo en la partida de Alta Competición en donde le asignan 43.815.00 euros con SS, y en el de Gestión Federativa, en el que le asignan 10.000,00, esta vez sin coste de SS/empresa con lo que le queda un sueldo total de 53.815.euros brutos.(Eso es estructura pura y dura que pasan de tapadillo al Consejo).

 

 

Además cargan dos sueldos de administrativos en actividades estatales, que también son estructura, y se los cargan al Consejo en vez de al programa de gastos generales. La suma de esas dos partidas cargadas al Consejo es muy próxima al coste empresa del Presidente.

 

 

Una vez más la RFEV, y ahora cito lo que el periódico El Mundo decía en su artículo “El salario del presidente de Vela y las cuentas, bajo sospecha” publicado el día 20 de enero de 2015: “concretamente dos de los salarios del departamento técnico que, estos sí, vienen directamente de las subvenciones. Uno de 60.000 euros, el del director de la preparación Olímpica y otro de 54.766,92 del director del CEAR Príncipe Felipe, que, además son ilegales puesto que el Consejo estableció un tope de 50.000 euros para los responsables técnicos

 

 

La inversión en barcos olímpicos la cargan en inversiones del CEAR.

 

 

En el desglose del presupuesto ADO y Paralímpicos están incluidos en el apartado publicidad lo que les da más recursos propios así como las subvenciones del Ayuntamiento y Gobierno de Cantabria.

 

 

En gastos financieros aparece la parte que tienen que devolver al CSD ese año de un préstamo a amortizar hasta el ¡¡2019!!

 

 

Pueden intentar "jugar" con los fondos de amortización que tienen cargados a fondos propios y gastárselos pero no lo sabremos hasta que no se haga un balance de este año

 

 

En gastos generales aparece un Renting de coche más garaje ¿serán del Presidente? Lo que no aparecen son los viajes del presidente pero si unos desplazamientos varios por 41000 euros más los desplazamientos ¿internacionales?

 

 

La cantidad que aparece como cobrado al RCMS por el alquiler del CEAR es ilegal ya que la RFEV no tiene la concesión de la explanada por la que ha estado cobrando, ni tampoco tiene el permiso de subrogar la concesión de la Duna para alquilar parte de la misma. Con lo que la cantidad que aparece en este apunte es irregular y que además tendrán que devolver.

 

 

En los cobros por parte de la RFEV (¿?) del arrendamiento de las carpas del Mundial es muy significativo que no aparezcan los pagos del IVA, siendo además muy variadas las cantidades que por este concepto aparecen consignadas y que no concuerdan con los precios aparecidos en la prensa local de aquellas fechas (D.M. 11 04 2014) que indicaban un coste de 2.500 más IVA, y para las de hostelería que oscilaban entre 4.650 y 5.650 más IVA (Europa Press 11 08 2014), siendo 75 (26 solamente destinadas a hostelería) las carpas que se instalaron en la zona marítima de Santander para el mundial (Europa Press 30 08 2014).

 

 

En fin de conocerse el detalle, saldrían muchísimas más cosa, pero al no haber una auditoria las cuentas estas no son nada fiables.

 

 

Sobre el punto 3, está claro que los que redactan el Orden del Día de la convocatoria están entre los españoles que según el “informe Pisa” no tiene comprensión de la lectura, incumpliendo una vez más el Código de Buen Gobierno del CSD, que obliga a la RFEV desde el año 2005, el que para la aprobación del sueldo de Presidente por la Asamblea exige dos condiciones “sine qua non” y que son: que la solicitud aparezca como punto independiente en el orden del día, lo que si se hace en esta convocatoria, pero también obliga el indicar el el Orden del Día el importe bruto a percibir por el Presidente, lo que no figura en dicho Orden de la convocatoria de la A.G.O del próximo día 6 de Junio de 2015, con lo que no puede ser aprobado al incumplir (una vez mas) el Código de Buen Gobierno.

 

 

Con relación al punto 4 tampoco se aportan con la convocatoria el informe de la Comisión Delegada a los asambleístas, con lo que nada pueden opinar sobre el presupuesto del 2015; presupuesto del que se desprende que no existe ninguna política deportiva para el conjunto de la Vela española. Política que debería liderar la Federación sobre todo con visión de futuro, ¿Pero a estos qué les importa la Vela más que para beneficiarse?

 

 

El punto 5 no puede votarse pues el presidente ni Estatutariamente ni legalmente puede tener la condición de profesional.

 

 

Con relación a la Asamblea General Extraordinaria, es imposible aprobar nada que no haya sido puesto en conocimiento de los Asambleístas, lo que ha ocurrido con la documentación que dice esa convocatoria que se acompaña, lo que no es cierto en su totalidad.

 

 

Por último raya el ridículo el exceso de legalidad que aparece al pie de las convocatorias, ya que nada dicen los estatutos sobre ello, representación por apoderamiento que se ha venido realizando en la RFEV desde su creación. La legalidad la tenían que haber cumplido para la adjudicación del sueldo del Presidente en las dos asambleas anteriores en las que se dejaron en el tintero este asunto en el Orden del Día. Sería más recomendable que se preocupase la RFEV de cumplir con la Ley y no querer imponerla al carecer de facultades para ello.

 

 

Para terminar y añadiendo a lo anterior he de recordar que la responsabilidad principal de la gestión federativa es de su Presidente y de los miembros de la Junta Directiva por él nombrados que no hayan hecho constar su disconformidad en los acuerdos , sin descartar a los miembros de la Comisión Delegada que no hayan hecho esta salvedad, pero la responsabilidad última es de los miembros de la Asamblea de la RFEV, que es soberana, y que aprueben la gestión de aquella, o si no la aprueban no lo han hecho constar en Acta, por lo que es imprescindible que conozcan lo que se les propone para su aprobación. De no ser así asumen la responsabilidad final de las irregularidades que la Junta y la Comisión Delegada hayan podido cometer.

 

 

Por otra parte, tal y como a día de hoy consta en la página web de la RFEV (http://www.rfev.es/content/junta-directiva) la Junta Directiva que aparece en ella no cumple con los Estatutos de la RFEV, (Art. 27 ) que establece que el vicepresidente Primero sea miembro de la Asamblea, lo que no es el caso de la Junta que aparece en el órgano oficial de la RFEV, por lo que las cuentas que se presentan ahora, no están aprobadas por una Junta Directiva legal, pero en cualquier caso la anterior Junta Directiva que si cumplía con los Estatutos en su reunión de 23 de abril pasado no aprobó las cuentas que ahora se presentan a la Asamblea.

 

 

Señores asambleístas, por el bien de la vela, solo y simplemente: RESPOSABILIDAD, BUEN HACER Y SENTIDO COMÚN.

 

 

J.F.M.J.O